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AFIP: Vencimiento de la cuota del Monotributo en Enero de 2017

El viernes 20 se producirá el vencimiento de la cuota del Monotributo en Enero de 2017 conforme al calendario de la AFIP. El pago de la misma deberá ser efectuado con los nuevos valores, los cuales han entrado en vigencia este mismo mes con la actualización que el Gobierno Nacional ha realizado del Impuesto a las Ganancias y del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). El pago de la cuota del Monotributo es para el mes en curso. Por lo cual, los monotributistas deben pagar el período Enero/2017. Es por ello que se tiene que tomar la nueva categoría y los nuevos montos del RS, los cuales son los siguientes: Categoría Obra Social Locación y Prestación de Servicios Venta de […]

El viernes 20 se producirá el vencimiento de la cuota del Monotributo en Enero de 2017 conforme al calendario de la AFIP. El pago de la misma deberá ser efectuado con los nuevos valores, los cuales han entrado en vigencia este mismo mes con la actualización que el Gobierno Nacional ha realizado del Impuesto a las Ganancias y del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

El pago de la cuota del Monotributo es para el mes en curso. Por lo cual, los monotributistas deben pagar el período Enero/2017. Es por ello que se tiene que tomar la nueva categoría y los nuevos montos del RS, los cuales son los siguientes:

Categoría Obra Social Locación y Prestación de Servicios Venta de Cosas Muebles
Impuesto Integrado Jubilación Total Impuesto Integrado Jubilación Total
A 419 68 300 787 68 300 787
B 419 131 330 880 131 330 880
C 419 224 363 1.006 207 363 999
D 419 368 400 1.187 340 400 1.159
E 419 700 440 1.559 543 440 1.402
F 419 963 484 1.866 709 484 1.612
G 419 1.225 533 2.177 884 533 1.836
H 419 2.800 585 3.804 2.170 585 3.174
I 419 3.500 644 4.563
J 419 4.113 708 5.240
K 419 4.725 779 5.923

Desde el 10 de enero de 2017, el Fisco Nacional permite a los Pequeños Contribuyentes consultar la nueva categoría en la que se los ha encuadrado de oficio. Para hacerlo es necesario solicitar la constancia de inscripción desde la página de AFIP.

En caso de cancelar la obligación personalmente en un banco o un centro de pago habilitado, el sistema puede no estar actualizado con los nuevos importes. En este caso se tendrá que saldar la diferencia antes de 31 de mayo usando el Formulario 155, el cual se puede bajar haciendo clic ACÁ, con los siguientes códigos:

  • Diferencia del Impuesto Integrado: 20-019-078
  • Diferencia de las Cotizaciones Previsionales: 21-019-078

Si se abona la cuota por Internet generando un Volante Electrónico de Pago (VEP), como se detalla AQUÍ, o por débito automático en una cuenta bancaria o tarjeta de crédito se estará pagando el monto que corresponde.

Las personas que se encuentren adheridas al servicio de débito automático gozan de una bonificación anual que equivale a una cuota mensual.

Recordemos que el organismo a cargo de Alberto Abad cuenta con un servicio de SMS que permite hacer consultas por dicha vía. Para consultar la fecha de vencimiento del Régimen Simplificado es necesario mandar «VENCE MONOTRIBUTO» al 2347 (AFIP).

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