El jueves 5 de octubre de 2017 venció el plazo para que los monotributistas cambien de categoría en caso de superar los topes de la cual se encuentran encuadrados. El portal iProfesional informó que AFIP informó que se está preparando para dar de baja de oficio del Monotributo a los Pequeños Contribuyentes que no se han recategorizado en tiempo y forma cuando deberían de haberlo hecho.
La recategorización cuatrimestral del Monotributo es obligatoria para todos los sujetos que se han excedido en su facturación, superficie afectada a la actividad y/o energía eléctrica consumida. Para controlar que se cumpla, el Fisco Nacional efectúa un cruce de información con otros organismos.
Según lo informado, el organismo estima que cerca de un 60% de monotributistas (dos millones) contarían con alguna irregularidad, ya sea por estar encuadrados en una categoría que no corresponde o por no tener que formar parte del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). De dicho total ya se han detectado a trecientos mil.
La idea que tiene la administración de Alberto Abad es dar de baja de oficio del Monotributo a todos aquellos que cuentan con irregularidades antes del mes de enero de 2018, año en el cual comenzará a regir la nueva escala.
Un total de 1.700.000 monotributistas han cumplido con la obligación de recategorizarse o confirmar su categoría, lo cual es un 130% más que en pasados cuatrimestres. De ellos, 572.000 modificaron su categoría actual, 80% a una mayor, y 1.128.000 la confirmaron.
Desde este año, los Pequeños Contribuyentes tienen que confirmar su categoría en el régimen. El jueves venció esta obligación para los encuadrados en F,G,H,I,J y K. El cronograma para dicha obligación continúa de la siguiente forma:
- 20 de octubre: D y E.
- 20 de noviembre: B y C.
- 20 de diciembre: A.
Para determinar su procederá a hacer una recategorización o dar la baja de oficio, AFIP controlará los gastos efectuados por el contribuyente. Para ello tendrá en cuenta los movimientos bancarios y las compras realizadas con tarjetas de crédito.
En caso de la recategorización de oficio, el Fisco Nacional publicará el listado en el Boletín Oficial el 1° de octubre de cada año y enviará una notificación mediante el servicio «E-Ventanilla» de su portal. El sujeto podrá consultar el motivo desde «Monotributo-Recategorización de Oficio (MOREO)» y tendrá la oportunidad de presentar un recurso de apelación.
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hola graciela me ofrecieron cuidar a una persona mayor de noche de 19 a 9 oohs pero esta bien es para compañia de lunes a viernes cuanto debo pedir ??
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