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ANSES: ¿Puedo jubilarme por Moratoria cobrando Asignación Universal por Hijo?

¿Puedo jubilarme por Moratoria cobrando Asignación Universal por Hijo que paga ANSES?

Luego de la publicación de la Resolución 4222/18, hemos recibido varias consultas de lectores que desean saber si es posible jubilarse por Moratoria cobrando la Asignación Universal por Hijo (AUH). En este artículo, EconoBlog.com.ar detalla qué beneficiarios de dicha prestación pueden iniciar su jubilación bajo dicho régimen en la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) sacando un turno previo por el sitio www.anses.gob.ar.

La Moratoria de ANSES fue modificada este mes aplicado la cantidad de personas que pueden regularizar aportes para jubilarse.

Hasta este mes, sólo las mujeres de 60 a 65 años de edad podían jubilarse por Moratoria regularizando 17 años y 5 meses de aportes hasta el mes de septiembre de 1993. El resto de los aportes (12 años y 7 meses) deben ser registrados en el Sistema Integrado Provisional Argentino (SIPA) con posterioridad a dicha fecha.

Gracias a las modificaciones efectuadas, los hombres de 79 años que nacieron en 1939 tienen un año para jubilarse por Moratoria en ANSES. Bajo este régimen, ellos pueden regularizar 22 años y 5 meses teniendo que contar con 7 años y 7 meses en el sistema.

Los aportes pueden ser bajo relación de dependencia, como trabajadores independientes (Autónomos o Monotributo) o el servicio doméstico.

Al momento de solicitar el beneficio se realiza un cruce de información con la base de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para analizar el nivel socioeconómico. No se otorgará el haber previsional si se cuentan con ingresos o gastos en tarjetas de crédito mayores a 47.393 pesos mensuales.

Obviamente, los titulares de la Asignación Universal por Hijo pueden acceder al régimen siempre y cuando cumplan con los requisitos anteriormente detallados.

Para iniciar e trámite es necesario sacar un turno en ANSES por teléfono llamando a la línea gratuita 130. Otra forma de obtener el mismo es ingresar en www.anses.gob.ar, sección “Turnos”.

Recordemos que las cuotas se descuentan de forma mensual del haber cobrado y se actualizan de acuerdo a la Ley de Movilidad Jubilatoria con la aplicación del Índice de Movilidad.

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