Desde el mes de abril de 2018, con la homologación del Acuerdo Salarial del corriente año que realizó el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) por medio de la RESOL-2018-144-APN-SEC#MT, ha entrado en vigencia el nuevo monto de la contribución patronal de Empleados de Comercio al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnología para el Comercio (INACAP). La misma se aplica a los trabajadores mercantiles comprendidos por el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
En las negociaciones paritarias del corriente año, el sindicato y la cámara acordaron un 15% de aumento.
El incremento en la escala salarial de Empleados de Comercio será aplicado de la siguiente forma:
- 10% desde el 1° de abril de 2018.
- 5% desde el 1° de agosto de 2018.
Dichos porcentajes no son acumulativos y se aplican sobre los salarios vigentes en marzo pasado.
Con la suba, la contribución patronal al INACAP será de 103,60 pesos desde el 1ero de abril. Dicho importe tendrá vigencia hasta julio, en agosto será nuevamente actualizado.
El vencimiento del pago de la contribución patronal es a los 15 días posteriores. La liquidación y emisión de la boleta correspondiente se puede efectuar de forma online desde la web del INACAP.
Los empleadores pueden cumplir con la obligación en efectivo o con cheque en el Banco Nación, Banco Provincia y Pago Fácil; en efectivo en RapiPagos, Cobro Express y Bapro Pagos; y por transferencia electrónica de fondos por las páginas o cajeros automáticos de la red Link y Banelco.
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