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ANSES: Termina con las Asignaciones Familiares Compensadas

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, después de varias prórrogas, termina con las Asignaciones Familiares compensadas, con el sistema de Fondo Compensador, SFC, dándole el paso definitivo al Sistema Único de Asignaciones Familiares, SUAF. Aquellos empleadores que se encuentran pagando el Salario Familiar, serán incorporados de pleno derecho, de manera escalonada hasta el mes de julio de 2010. Si bien desde le organismo que conduce Diego Bossio, más precisamente desde la Gerencia Central de Apoyo, remiten notas a las empresas informándole que han sido seleccionadas para incorporarse al régimen de cancelación directa entre los meses de mayo y julio de 2010, estas, y con el fin de  notificarse deben ingresar de manera periódica a la página de ANSES […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, después de varias prórrogas, termina con las Asignaciones Familiares compensadas, con el sistema de Fondo Compensador, SFC, dándole el paso definitivo al Sistema Único de Asignaciones Familiares, SUAF. Aquellos empleadores que se encuentran pagando el Salario Familiar, serán incorporados de pleno derecho, de manera escalonada hasta el mes de julio de 2010.

Si bien desde le organismo que conduce Diego Bossio, más precisamente desde la Gerencia Central de Apoyo, remiten notas a las empresas informándole que han sido seleccionadas para incorporarse al régimen de cancelación directa entre los meses de mayo y julio de 2010, estas, y con el fin de  notificarse deben ingresar de manera periódica a la página de ANSES para corroborar su situación.

Recordamos que el SFC es aquel, que establece que el empleador es el encargado de abonar las Asignaciones Familiares y luego compensar al momento de la presentación de la Declaración Jurada mensual, Formulario Nº 931, de la Seguridad Social. Mientras que, en el SUAF se pagan las Asignaciones Familiares sin la intervención de la empresa. El beneficio es pagado íntegramente por ANSES, depositando en una cuenta bancaria del trabajador.

De acuerdo a la Resolución de ANSES Nº 292/2008, establece que una vez que el empleador esté incluido en el SUAF, en el términos de diez (10) hábiles deberán notificar a todo su personal tengan o no tengan cargas de familia. Los días se cuentan desde el momento de haber sido incorporado al nuevo sistema.

De igual manera, es la que debe proceder la empresa al momento de contratar a un nuevo trabajador sin importar si este, tiene cargas de familia.

Es obligatorio realizar la notificación de manera fehaciente o sea, por escrito y duplicado, archivando una copia en el legajo del trabajador.

Los empleadores si se registran incumplimientos en sus obligaciones ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, serán los responsables por la falta de liquidación de las Asignaciones Familiares a sus trabajadores.

De la misma manera que, serán los responsables de la falta de liquidación, si no presentan la documentación pertinente para que ANSES realice el pago.

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