Padre de la AUH con su hija y remera de Anses

ANSES: ¿Quiénes necesitan apoderado para cobrar Asignación Universal por Hijo?

Mirá quiénes necesitan apoderado en ANSES para cobrar Asignación Universal por Hijo.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) requiere que los menores de 18 años de edad tengan un apoderado para cobrar la Asignación Universal por Hijo (AUH), el cual se designa con el Formulario PS 2.63. Además se puede realizar dicha designación con el F. PS 2.62 en caso de que el titular no pueda movilizarse, esté privado de su libertad o haya fallecido y tenga períodos pendientes de cobro de la prestación.

Los padres menores de edad no pueden cobrar la Asignación Universal por Hijo si no se designa un apoderado en ANSES para su cobro. Quedan exceptuados aquellos que están emancipados.

El poder de los apoderados de menores vence al momento de que éstos alcanzan la mayoría de edad.

Requisitos para ser apoderado de la Asignación Universal por Hijo

  • Ser mayor de 18 años o estar emancipado.
  • Ser esposo/a, conviviente, padre, madre, abuelo/a, hermano/a o tío/a del titular.
  • En caso de representante natural o legal de un menor de edad sólo se puede ser padre o madre.

Documentación requerida para designar un apoderado

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) del titular y del apoderado.
  • Formulario PS 2.62 (AAFF Otorgamiento / Revocación Poder) o Formulario PS 2.63 (AAFF Representante natural legal menor 18 años), según corresponda.
  • Dependiendo de la circunstancia:
    • Menor de edad: Partida de Nacimiento, si se da el poder al esposo/a; Información Sumaria (acta de convivencia o unión convivencial), si es el conviviente; Partida de Nacimiento, si es uno de los padres; sentencia judicial, si es el tutor o guardador; Información Sumaria Judicial donde conste el parentesco, si es abuelo, hermano o tío.
    • Privado de la libertad: Certificado de la Unidad Penitenciaria o la Sentencia de Condena (original) ene l cual se indiquen los datos del titular y que está privado de su libertad.
    • Problemas para movilizarse: Certificado médico con los datos del titular y la fecha estimada en la cual finalizará la enfermedad que le impide movilizarse. Si no se puede determinar la fecha, el poder tendrá vigencia por tres meses.
    • Fallecimiento del titular: Partida de defunción y documentación que acredite el vínculo. EL pago de hará al esposo/a sobreviviente, hijos o representantes de los hijos si son menores.

Para hacer la designación de un apoderado a la Asignación Universal pro Hijo es necesario presentarse en una oficina de ANSES sin turno con toda la documentación anteriormente detallada en original y copia.

Bajar F.PS 2.62Descargar F.PS 2.63 (Archivos en formato PDF).

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