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Proyecto de Ley de Alquileres del Colegio de Martilleros de Provincia de Buenos Aires

Proyecto de Ley de Alquileres del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Buenos Aires.

El Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Buenos Aires ha presentado un Proyecto de Ley de Alquileres, el cual generaría cambios en el Código Civil y Comercial. Entre otras cosas, en la iniciativa, los profesionales proponen una rebaja impositiva y tributaria para las empresas constructoras de viviendas con destino a locación, lo cual estiman que podría ayudar a que se reduzca el déficit habitacional y se de un impulso a dicho mercado.

El Proyecto de Ley contempla la limitación de depósitos y garantías exigidas a los ciudadanos a la hora de celebrar un contrato de locación de vivienda al valor de un mes de alquiler.

El proyecto de Ley de Alquileres fue aprobado en una reunión cumbre federal de operadores inmobiliarios. En la misma han participado colegios de martilleros de Corrientes, Jujuy, Entre Ríos, Mendoza, Neuquén, Tucumán, Santa Fe, Rosario, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Salta, entre otras jurisdicciones.

La iniciativa propone que se amplíen las garantías admitidas a los inquilinos como avales bancarios, escritura de otra propiedad inmueble, seguros de caución o garantía de fianza. Además la aplicación de aumentos semestrales a los contratos de acuerdo a la actualización en los salarios.

La iniciativa es una contrapropuesta de la tratada en el Congreso Nacional, la cual el Consejo Bonaerense considera que es una «fallida» legislación. La entidad asegurar que, se aprobarse dicha normativa, se podrían producir situaciones de injusticia insoslayables.

La propuesta del Consejo de la Provincia de Buenos Aires es que no se pueda exigir el pago de alquileres anticipados ni depósitos de garantía o exigencias asimilables por cantidad mayor del importe equivalente a un mes de alquiler. Al momento de realizar la devolución del depósito, el monto debe ser equivalente al precio del último mes de locación pagado por el inquilino y tiene que ser efectuado dentro de los 60 días siguientes a la restitución del inmueble.

Respecto a los beneficios impositivos propuestos para las empresas constructoras, los impulsores del proyecto recalcan que un régimen de promoción de la construcción de viviendas para alquilar destinado a los sectores de recursos más limitados no sólo reactivará la economía argentina sino que también incrementará la oferta habitacional.

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