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Sueldos básicos para cuidadores de adultos mayores 2019 – 2020

Planilla con sueldos básicos para cuidadores de adultos mayores 2019 – 2020 con 30% de aumento.

La Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) ha confirmado la nueva escala salarial de empleados domésticos resultante de la aplicación de las negociaciones paritarias correspondientes al corriente año al cual arribó la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. En este artículo, EconoBlog.com.ar da la oportunidad de consultar la planilla con los sueldos básicos para cuidadores de adultos mayores 2019 – 2020.

En el acuerdo salarial 2019 de empleados domésticos se estableció un 30% de aumento a aplicar en 3 cuotas: 10% en junio, 10% en agosto y 10% en noviembre.

En las paritarias se estableció una cláusula de revisión prevista para febrero de 2020. Además se acordó que sigue vigente el plus por zona desfavorable del 25% a aplicar en las provincias del sur argentino, el cual será analizado en febrero.

El personal que brinda cuidado no terapéutico de personas mayores forma parte de la cuarta categoría de la escala salarial del sector, la cual también comprende a los trabajadores que asisten y cuidan a niños, adolescentes, discapacitados y enfermos.

Escala salarial para cuidadores de adultos mayores

Con retiro Sin retiro
Hora Mes Hora Mes
Junio $12,200 $15.539,00 $137,00 $17.316,50
Agosto $133,00 $16.591,50 $149,50 $18.890,50
Noviembre $144,00 $18.364,00 $162,00 $20.465,00

En las negociaciones, los gremios solicitaron un adicional remunerativo por antigüedad, el cual fue aceptado por los representantes de los patrones. Sin embargo, el mismo está sujeto a un dictamen técnico de la Asesoría Legal de la Nación para antes del 15 de Julio de este año.

99 comentarios en “Sueldos básicos para cuidadores de adultos mayores 2019 – 2020”

    1. Por trabajar 48 horas a la semana Mínimo $19070.50 las demás horas son extras y Sábados después de las 13.00, domingos y feriados se pagan al 100%

  1. Hola buenas noches, trabajo cuidando una persona mayor 8 hora y media por día, de lunes a lunes..
    Tengo franco 1 solo feriado al mes..
    Cuánto debería estar cobrando?..
    Me pagan $17.000 al mes, quería saber si está bien? Y que debería hacer si no?

    1. TRabajando 48 horas a la semana al mes el Mínimo es de $19777.- las demás horas son extras y sábados despues de las 13 horas, domingos y feriados se pagan doble

  2. Cuánto tendría que cobrar por cuidar una señora desde las 18 hs hasta las 7 de la mañana .
    Lunes, miércoles,viernes,sábado y domingo .
    Gracias

    1. Por trabajar 48 horas semanales Mínimo $19777.- las demás horas son extras y sábados después de las 13.00, domingos y feriados se pagan al 100%

    1. La legislación nada dice del trabajo los fines de semana, solo que deben pagarte a razón de $155.50 la hora y que los sábados después de las 13.00 horas, domingos y feriados se pagan doble, por lo que deberías hacer las cuentas y ver algo razonable para que te paguen

    2. Por trabajar cuidando y limpiar la casa de anciana en cama postrada de 7:30 a 19:30 ha de lunes a viernes que me tienen que pagar ?
      Los feriado cuántos me deben pagar . ???cobro 22 mil pesos mensuales
      No me pagan feriados los trabajo igual como día común

      Mi compañera trabaja conmigo de lunes a lunes de 19:30 hs a 7:30 hs de lunes a viernes que yo vuelvo a ingresar. 7:00 hs
      Su sueldo es de 15 mil
      Todas las noches y luego ingresa el viernes 19;30 hs y se retira lunes 7 :30 hs. Sin retiro los fin de semana . Y el suelo de fin de semana es de 15 mil
      Trabajando los feriados también como un día común como yo
      Necesitamos que nos acesoren gracias

      1. Para ambas lo mismo deben sumar las horas y calcular en base a:
        – Sueldo Mínimo $19777.- al mes, por trabajar 48 horas semanales.
        – Sábados después de las 13.00, domingos y feriados se pagan al 100%

  3. Hola consulta yo trabajo cuidando una abuela los lunes entro a la 20:30 y salgo al otro dia a las dos de la tarde .cuantro tendria que cobrar??

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