Cuaderno con el logo de la AFIP en escritorio

AFIP: Suspensión de la exclusión de pleno derecho del Monotributo

AFIP procede a la suspensión de la exclusión de pleno derecho del Monotributo hasta marzo.

El día de la fecha, por medio de la publicación de la Resolución General 4600/2019 en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspendido la exclusión de pleno derecho del Monotributo hasta el 29 de febrero de 2020. Con esta medida, el Gobierno busca amortiguar el impacto de la crisis económica. Lamentablemente esta medida no es retroactiva a aquellos monotributistas que se los sacó del régimen simplificado para pequeños contribuyentes (RS).

La exclusión de oficio del Monotributo se aplica a aquellos monotributistas que exceden los límites fijados para su categoría.

Este procedimiento suele ser un gran problema para los monotributistas dado que se les genera una deuda con AFIP desde la fecha de exclusión hasta su ingreso al Régimen General (Autónomos). En algunos casos la misma es impagable.

Debido a las críticas y al proyecto de ley presentado para que se elimine la exclusión de pleno derecho, el organismo recaudador decidió suspender este procedimiento hasta marzo.

A lo largo de este período no se pasará automáticamente a autónomos a aquellos pequeños contribuyentes que que excedan el monto de facturación máxima o sus gastos.

De acuerdo a la RG 4600/19, esta medida beneficia a unos 5000 pequeños contribuyentes de forma mensual. La misma no incluye a aquellos que son excluidos del RS por alguna fiscalización en particular.

La exclusión de oficio se encuentra contemplada en los artículos del 53 al 55 de la resolución general 4309 y su modificatoria. Las razones por las cuales se procede la misma están previstos en el artículo 20 de la Ley 26.565.

1 comentario en “AFIP: Suspensión de la exclusión de pleno derecho del Monotributo”

  1. Si me paso del monotributo en nov/dic pero con el aumento de topes de enero vuelvo a estar en el rango del monotributo… al hacerme RRII en mayo 2020 hacen un análisis retroactivo al 2019 y me cobrarán multa?

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *