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AFIP: No es posible pagar Ganancias y Bienes Personales con fondos embargados

La Justicia no permite pagar Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales con fondos embargados.

La Cámara Federal ha rechazado el pedido de un empresario solicitando que le permitan pagar los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales con fondos embargados en investigaciones por presuntos hechos de corrupción. De acuerdo a la Justicia, en caso de permitir que la utilización de ese dinero para cancelar obligaciones con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) produciría una disminución injustificada de los activos inmovilizados.

El solicitante había pedido que le permitan utilizar dinero embargado para el pago de tributos propios y de su esposa.

Es su pedido, el contribuyente embargado aseguró que esta medida no le permite cumplir con el pago de Ganancias y Bienes Personales de los períodos 2018 y 2019. En el embargo hay inversiones que han sido autorizadas y que dan liquidez en las sociedades de bolsa, saldos que desea utilizar para abonar los tributos evitando «perjuicios innecesarios para su patrimonio».

La Justicia determinó que no es posible permitirle hacer uso de dichos fondos debido a que, si bien la medida es de carácter provisorio hasta que recaiga una sentencia firme, los bienes patrimoniales de él se encuentran «sospechados de constituir el producto o ganancia del actuar delictivo imputado». Además los jueces consideran que no ha demostrado a imposibilidad de afrontar la cancelación de los impuestos mencionados con otros bienes.

Sin embargo, él considera que no modificaría significativamente su patrimonio dado que representa menos del 5% del mismo.

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