Empleada del servicio doméstico

Salarios Vigentes noviembre 2008 Servicio Domestico

Los salarios del Servicio Domestico subieron un 26% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 1538/08-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  17/12/08, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Los nuevos salarios rigen con retroactivo al 1ro. de noviembre de 2008, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes: CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA Sueldo hasta Octubre/08 A partir Noviembre/08 PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1114.- $ 1565.- SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. $  1024.- $ 1452.- TERCERA cocineros/as, mucamos/as y […]

Los salarios del Servicio Domestico subieron un 26% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 1538/08-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  17/12/08, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56.

Los nuevos salarios rigen con retroactivo al 1ro. de noviembre de 2008, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:

CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA Sueldo hasta Octubre/08 A partir Noviembre/08
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1114.- $ 1565.-
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. $  1024.- $ 1452.-
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $  1010.- $ 1273.-
CUARTA Aprendices en general de 14 a 17 años de edad $ 906.- $ 1142.-
Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias
QUINTA todo el personal con retiro $ 906.- $ 1142.-
Personal que trabaja 4 horas diarias. Cada hora que exceda de las 4 horas se incrementará el jornal horario Por hora
hasta Octubre/08 $ 453.- $6,90 $6,90
Noviembre/08 $ 571.- $8,70 $8,70

Los nuevos montos fueron dispuestos por la resolución 1538 de la cartera laboral, publicada ayer en el Boletín Oficial. En sus fundamentos, la medida menciona el incremento del salario mínimo general, dispuesto en julio último, tras un acuerdo entre empresarios y sindicalistas. Esa remuneración básica fijada por un consejo que preside el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, deja al margen los ingresos del personal doméstico. No obstante ello, en los últimos años se convirtió en una práctica de la cartera laboral establecer, con posterioridad a las resoluciones surgidas del citado consejo, una mejora para los ingresos de quienes trabajan en esta actividad.

Dicho sea de paso, el salario mínimo para los trabajadores de otros sectores se eleva desde este mes de $ 1200 a $ 1240.
Si bien no existen datos actualizados de salarios desagregados por actividad económica, históricamente el sector de servicio doméstico, caracterizado por una alta informalidad, es el de ingresos más bajos.

277 comentarios en “Salarios Vigentes noviembre 2008 Servicio Domestico”

  1. Hermelinda Gaona

    Gracias por la respuesta inmediata, pero me parece que debe haber un error, ya que me dicen que por cada hora en mas de las cinco diarias, deberia cobrar $ 48,70 y me parece un monto que no sse ajusta a la realidad, por lo cual solicito de su amabilidad me quiera explicar esta situacion.
    Desde ya muchas gracias

  2. Hola Graciela,si el trabajo que realizo es cuidar a un chico de 2 años retirarlo del jardin ,limpiar,planchar y algunas veces cosinar,es de 14a 19 hs lunes a viernes desde ya muchas gracias.

  3. Hermelinda Gaona

    Quisiera conocer cual deberia ser mi sueldo mensual siendo que trabajo cinco (5) horas diarias de lunes a viernes y estando en blanco.
    Muchas gracias y quedo a la espera de su respuesta.

  4. Trabaja 8hs. diarias de lunes a viernes. Libreta de trabajo no tiene. Donde dejo asentado el pago del proporcional del aguinaldo y vacaciones? Gracias!

  5. Hola Graciela. Mi empleada me comunico sorpresivamente que la semana próxima deja de trabajar. Yo le estoy realizando los aportes mediante el formulario 102. Además, de pedirle que me envíe el telegrama de renuncia, tengo que hacer algún trámite en la AFIP? Además de los días trabajados, tengo que pagarle algo más? Gracias.

    1. VALERIA

      NO PONES CUANTO TRABAJO Y CUANTAS HORAS TRABAJA PERO VACACIONE SY AGUINALDO PROPORCIONAL LE TENES QUE PAGAR. EL TRAMITE LO HACES EN LA LIBRETA DE TRABAJO ANOTANDO LA BAJA. EN LA AFIP NADA

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