Persona con celular mostrando EconoBlog

Reparto de Ganancias a los Trabajadores

Como ya hemos anunciado, Héctor Recalde, diputado del Frente para la Victoria, FPV,  y asesor legal de la Confederación General del Trabajo, CGT, presentó un proyecto de Ley en la Cámara de Diputados para que las empresas repartan sus ganancias con los trabajadores. Sepa que le pedirán los gremios a las empresas, cuyos directivos, gerentes y accionistas se encuentran bastantes preocupados por la extensa lista que deberán incluir en el “Balance Social” y que obligatoriamente deberán entregar a líderes sindicales. De la mano del Diputado, Héctor Recalde y con el apoyo de la CGT, el anteproyecto de ley ya llegó a la Cámara Baja. Los empresarios se encuentran preocupados no solamente por el impacto que tendría esta medida para las […]

Como ya hemos anunciado, Héctor Recalde, diputado del Frente para la Victoria, FPV,  y asesor legal de la Confederación General del Trabajo, CGT, presentó un proyecto de Ley en la Cámara de Diputados para que las empresas repartan sus ganancias con los trabajadores. Sepa que le pedirán los gremios a las empresas, cuyos directivos, gerentes y accionistas se encuentran bastantes preocupados por la extensa lista que deberán incluir en el “Balance Social” y que obligatoriamente deberán entregar a líderes sindicales.

De la mano del Diputado, Héctor Recalde y con el apoyo de la CGT, el anteproyecto de ley ya llegó a la Cámara Baja.

Los empresarios se encuentran preocupados no solamente por el impacto que tendría esta medida para las finanzas corporativas sino también porque esto implicaría exponer abiertamente los números de la firma a los trabajadores a través de lo que se conoce como el balance social.

Algo que todavía no fue muy difundido, según publico Profesional.com,  es que desde el propio Gobierno se deslizó la posibilidad d que en el directorio de las empresas sea incluido un dirigente sindical, para obtener más información de las operaciones que se realizan en las mismas.

“Balance Social”

La Ley Nº 25.877 en su artículo Nº 25 indica que:

“las empresas que ocupen a más de 300 trabajadores deberán elaborar, anualmente, un balance social que recoja información sistematizada relativa a las condiciones de trabajo y empleo, costo laboral y prestaciones sociales a cargo de la empresa”.

“este documento será girado por la compañía al sindicato con personería gremial, signatario de la convención colectiva de trabajo que le sea aplicable, dentro de los 30 días de elaborado. Una copia del balance será depositada en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la que será considerada estrictamente confidencial”.

Noemí Rial, viceministra de Trabajo, difundió que actualmente lo presentan menos del 20% de las firmas obligadas, de más de 300 trabajadores.

Por lo tanto, si al finalizar el ejercicio económico las empresas no presentan dicho balance, muy difícilmente  sindicatos y trabajadores participen en las ganancias, por no conocer el resultado de los activos, pasivos, resultados negativos y positivos de la compañía.

Por este motivo la funcionaria defendió la incorporación de un dirigente sindical en el directorio y reconoció que los sindicatos no reclaman los balances sociales, lo cual, de alguna manera, se refleja en el bajo nivel de cumplimiento de esta exigencia.

Recalde por su parte, remarcó que “habrá que mostrar toda la documentación respaldatoría de los movimientos societarios que sean pertinentes”.

La Ley vigente desde marzo del año 2004, establece que el balance social deberá incluir, por lo menos, la siguiente información:

  1. Balance general anual, cuentas de ganancias y pérdidas, notas complementarias, cuadros anexos y memoria del ejercicio.
  2. Estado y evolución económica y financiera de la empresa y del mercado en que actúa.
  3. Detalle de la incidencia del costo laboral.
  4. Evolución de la masa salarial promedio. Su distribución según niveles y categorías.
  5. Evolución de la dotación de personal y distribución del tiempo de trabajo.
  6. Detalle sobre la rotación del personal por edad y sexo.
  7. Actividades de capacitación.
  8. Listado de personal efectivizado.
  9. De poseer régimen de pasantías y prácticas rentadas deberá detallar cada caso
  10. Estadísticas sobre accidentes de trabajo y enfermedades inculpables.
  11. Detalle de tercerizaciones y subcontrataciones efectuadas.
  12. Programas de innovación tecnológica y organizacional que impacten sobre la plantilla de personal o pudieran involucrar modificación de condiciones de trabajo.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *