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Nuevos criterios de valoración para Pensión no Contributiva por Invalidez Laboral

Nuevos criterios de valoración para solicitar una Pensión no Contributiva por Invalidez Laboral.

El 30 de enero de 2020, el Gobierno ha establecido los nuevos criterios de valoración para tener una Pensión no Contributiva por Invalidez Laboral mediante la publicación de la Resolución N° 8/20 en el Boletín Oficial. Los mismos son tenidos en cuenta por la Agencia Nacional de Discapacidad a la hora de determinar el nivel socioeconómico de una persona que tramita dicho beneficio, el cual es liquidado de forma mensual por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

Las PNC por invalidez laboral equivalen al 70% de la jubilación mínima. Además, los beneficios cuentan con una cobertura médica.

Conforme a los nuevos requisitos de las pensiones no contributivas, los solicitantes pueden contar con vehículos a su nombre con una antigüedad superior a 10 años o un inmueble, en el cual deben residir al momento de iniciar el trámite.

Se considera vulnerable, el solicitante cuyos padres, cónyuges o personas que convivan con él sean propietarios de un bien inmueble, tengan un automotor con una antigüedad mayor a 10 años o sus ingresos mensuales no superen cuatro veces el haber mínimo jubilatorio.

Obviamente se mantiene el requisito de que el solicitante cuente con un grado de incapacidad del 76% o más para acceder al cobro.

Cabe señalar que la normativa publicada ha dejado sin efecto la Resolución N° 44/19 publicada por el Gobierno de Mauricio Macri que obliga la implementación del Certificado Médico Oficial Digital (CMOD). Aparte se garantiza el inicio de la gestión en las Unidades de Atención Integral (UDAI) de la ANSeS aún cuando en la instancia inicial no se presente el Certificado Médico Oficial (CMO) requerido.

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