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Anses permitirá cambiar datos familiares para cobro de $10.000

Anses permitirá cambiar datos familiares para cobro de los $10.000 del Ingreso Familiar de Emergencia.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) finalmente ha confirmado que se habilitará una instancia en la cual se les dará una segunda oportunidad a aquellas personas a las que se les rechazó la solicitud del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) por tener información de su situación laboral o familiar incorrecta cargada en el sistema. El organismo indicó que ellos podrán cambiar sus datos familiares para el cobro de los $10.000 una vez que terminen los pagos.

Uno de los principales rechazos del IFE se debe a que no está correctamente actualizada la información en la base de Anses.

Generalmente esto se debe a que no se ha registrado una separación o divorcio en la base. Es decir, la ayuda de 10.000 pesos es denegada a causa de que el ex cónyuge o concubino cobra un salario en relación de dependencia; el fondo de desempleo; jubilación, pensión o retiro contributivo o no contributivo; o programa social nacional, provincial o municipal.

Hasta el momento, la actualización de datos solamente se puede hacer personalmente en una delegación del organismo a cargo de Alejandro Vanoli presentando la documentación que acredite los cambios. Esto es imposible dado que las oficinas están cerradas durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado por el coronavirus Covid19.

De acuerdo a lo informado por el ente previsional, una vez finalizado los pagos del IFE a las personas que se les aceptó la solicitud se habilitará una nueva etapa en la cual se contemplarán los casos de aquellos a los que se les rechazó el beneficio debido a la falta de actualización de los datos laborales y familiares.

Recordemos que para otorgar el ingreso familiar de emergencia, Anses no sólo evalúa la situación socio económica y patrimonial del solicitante, también lo hace de su grupo familiar. Es decir se tiene en cuenta al cónyuge o conviviente y a los hijos menores de 18 años o con discapacidad sin tope de edad. Los menores de 25 años deben acreditar un domicilio diferente al de sus padres para que se considere un grupo familiar unipersonal.

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