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Bajar de categoría en Monotributo fuera del periodo de recategorización

AFIP habilita bajar de categoría en el Monotributo fuera del periodo de recategorización. El trámite es digital.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha habilitado un servicio online que permite bajar de categoría en el Monotributo fuera del periodo de recategorización. De este modo, el organismo recaudador da una respuesta a aquellos monotributistas que, debido a su complicada situación, no pueden aguardar a la fecha establecida para la realización de este trámite, la cual suele ser en los meses de enero y junio de cada año.

La complicada situación económica de muchos pequeños contribuyentes ha llevado a que el Fisco Nacional les permita bajar su categoría en el Monotributo por Internet.

El organismo indicó que se habilitó la presentación digital sin la verificación presencial de documentación en original y copia para su autenticación o en copia autenticada por escribano público.

Una vez finalizado el aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado por la pandemia del coronavirus Covid-19, AFIP podría requerir su certificación o promover su verificación.

Al momento de hacer el trámite, el organismo indicó que el monotributista tendrá que informar:

  • Motivos y fundamentos que dan origen a la presentación.
  • Motivo por el cual no se pudo hacer la recategorización en forma oportuna, el cual podrá ser por: Cambio de actividad que implique el inicio de actividad; modificación por encontrarse limitada la CUIT al momento de la recategorización; error de cálculo o error en la registración del parámetro al momento de hacer la adhesión o recategorización; u otros.
  • Categoría actual, nueva categoría y fecha a partir de la que se hace el cambio.

Al hacer la gestión desde la página de AFIP se debe adjuntar documentación que justifique la modificación: Notas y papeles de trabajo; informes profesionales; resumen o extractos bancarios; comprobantes de AFIP; documentos y comprobantes respaldatorios de compras, ventas, gastos, ingresos y otros rubros; comprobantes y facturas varias; copia de libro de ventas; y monto de ingresos brutos anualizados.

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