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AFIP: Eximen del pago de Ganancias a Médicos y personal de seguridad

Eximen del pago del Impuesto a las Ganancias a médicos y personal de seguridad que lucha contra el coronavirus.

El Senado ha sancionado por unanimidad un proyecto de ley que exime del pago del Impuesto a las Ganancias a personal de seguridad y de salud, entre otros trabajadores, con el fin de arles un reconocimiento por su labor durante la pandemia del coronavirus Covid-19. La eximición en el pago del tributo se aplicará sobre las horas extras y las guardias. El beneficio tendrá vigencia hasta el 30 de septiembre pero podría extenderse en caso de que se prolongue la emergencia sanitaria.

La sanción se realizó en el marco de un histórico debate parlamentario a distancia.

Los médicos, entre otras profesiones, se transformaron en héroes durante la pandemia. Por tal motivo, tras un intenso debate, se los reconocerá con una exhibición en Ganancias.

La eximición en el tributo beneficiará a profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada, así como el personal de las Fuerzas Armadas, las Fuerzas de Seguridad, la actividad migratoria y la actividad aduanera. También comprenderá a los  recolectores de residuos domiciliarios y de residuos patogénicos; y los bomberos.

Este beneficio se aplicará únicamente sobre las remuneraciones de guardias obligatorias, horas extras y otros adicionales liquidados en el marco de la emergencia sanitaria.

La ley sancionada también contempla el otorgamiento de una pensión graciable y vitalicia a los familiares del personal de los sectores anteriormente indicados que han fallecido a causa de su lucha contra el Covid-19. Dicho haber podrá ser tramitado por los cónyuges o convivientes reconocidos en una unión convivencial y los hijos solteros hasta los 21 años.

El monto de esta pensión será equivalente al doble de la jubilación mínima. La misma se irá ajustando de acuerdo a los ajustes por movilidad otorgados al haber ordinario.

Paralelamente, AFIP anunció una prórroga por 40 días al vencimiento de la presentación de la Declaración Jurada (DDJJ) y pago, en caso de corresponder, de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular para las personas humanas.

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