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AFIP: Registración de contratos de alquiler de inmuebles

Información sobre el régimen de registración de contratos de alquiler de inmuebles en AFIP.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que el 1° de marzo de 2021 entrará en vigencia el Régimen de registración de contratos de alquiler de inmuebles. Ta como lo establece la Ley 27.551, el mismo tiene como finalidad verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los locadores y de los locatarios.

Todos los contratos de locación de bienes inmuebles deberán ser informados en la página oficial de AFIP utilizando el Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y la Clave Fiscal.

Para realizar la carga de los mismos, los usuarios tendrán que utilizar el nuevo servicio denominado «Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI – CONTRIBUYENTE». Ellos tendrán que indicar datos relacionados con su rol de locadores y adjuntarlos en archivos PDF o JPG.

Los contratos de locación de inmuebles celebrados a partir del 1° de julio de 2020 que continúen vigentes y los firmados durante el mes de marzo de 2021 podrán registrarse hasta el 15 de abril, inclusive. El plazo para informar las operaciones será de 15 días corridos a partir de su celebración o modificación.

Se establecen sanciones para aquellos que incumplan con la registración de los contratos dentro del plazo indicado en el anterior párrafo.

Están alcanzados por este régimen los contrato de locación de inmuebles urbanos, arrendamientos sobre inmuebles rurales, locaciones temporarias de inmuebles con fines turísticos y locaciones de espacios o superficies fijas o móviles delimitados dentro de bienes inmuebles como locales comerciales y/o stands en supermercados, hipermercados, shoppings, centros, paseos o galerías de compras.

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