La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que la próxima recategorización del monotributo podrá realizarse entre el 15 de julio y el 5 de agosto de 2025. Durante ese período, los monotributistas deberán evaluar si sus parámetros se ajustan a la categoría vigente y, en caso de corresponder, actualizarla.
Recategorización simplificada para monotributistas
Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, se volverá a habilitar la Recategorización Simplificada para monotributistas. Esta herramienta permite realizar el trámite de manera ágil desde la web o mediante la aplicación ARCA Móvil.
El sistema mostrará de forma automática la facturación anual declarada por el pequeño contribuyente. Si el monto es correcto, el usuario podrá confirmar su nueva categoría. En caso de necesitar modificaciones, será posible editar el valor de manera manual antes de completar el proceso.
Este servicio está disponible únicamente para quienes cuenten con 12 meses completos de actividad dentro del monotributo.
Recordemos que no solamente se tiene que considerar la facturación. También es necesario contemplar los alquileres, superficie afectada a la actividad y los consumos energéticos.
Escalas ajustadas por inflación
ARCA recordó que las escalas del monotributo se actualizan de forma semestral en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) por la Ley 24.977. Para esta recategorización de monotributistas, el ajuste se realizará tomando como referencia los indicadores de enero a junio de 2025.
El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) publicará el IPC correspondiente a junio el 14 de julio. Por esta razón, hasta esa fecha no se conocerán los nuevos montos de facturación y las cuotas de cada categoría.
La recategorización es una obligación clave para los monotributistas. Realizarla dentro de los plazos previstos permite evitar recategorizaciones de oficio o sanciones por parte del organismo recaudador.
Recordemos que la nueva categoría deberá pagarse con el devengado de agosto. Es decir, tendrá que abonarse en el mismo mes del vencimiento de la recategorización.