Asignación por Embarazo en agosto

Anses inició pago de Asignación por Embarazo con aumento en agosto

La Anses dio comienzo al pago de Asignación por Embarazo con suba del 1,62%. Además, se paga el Complemento Leche y la Tarjeta Alimentar.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) comenzó a pagar la Asignación por Embarazo correspondiente a agosto de 2025. Este mes, el beneficio se liquida con un 1,62% de aumento por movilidad. Además, las titulares cobran el Complemento Leche y la Tarjeta Alimentar, subsidios otorgados por el Ministerio de Capital Humano.

Montos de la Asignación por Embarazo en agosto de 2025

De acuerdo con la Resolución 278/2025, el valor de la Asignación por Embarazo es de $112.942. Sin embargo, como ocurre con la Asignación Universal por Hijo (AUH), Anses aplica una retención mensual del 20%. Esto significa que el pago directo es de $90.353,60, mientras que $22.588,40 se acumulan para abonarse al finalizar el embarazo.

En el caso de las beneficiarias que residen en el sur del país, el monto asciende a $146.825. Tras la retención de $29.365, se paga un neto mensual de $117.460.

A la asignación por embarazo se le suman automáticamente dos ayudas alimentarias:

  • Tarjeta Alimentar: $52.250 por mes (sin aumento en agosto).
  • Complemento Leche del Plan de los Mil Días: $42.595 en agosto.

Cronograma de pagos de Anses

El calendario de pagos de Anses para la asignación por embarazo en agosto se organiza según la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI) de la beneficiaria:

  • Lunes 11: DNI terminados en 0.
  • Martes 12: DNI terminados en 1.
  • Miércoles 13: DNI terminados en 2.
  • Jueves 14: DNI terminados en 3.
  • Lunes 18: DNI terminados en 4.
  • Martes 19: DNI terminados en 5.
  • Miércoles 20: DNI terminados en 6.
  • Jueves 21: DNI terminados en 7.
  • Viernes 22: DNI terminados en 8.
  • Lunes 25: DNI terminados en 9.

Tramitar la Asignación por Embarazo

Para acceder a la Asignación por Embarazo, se debe acreditar un embarazo de al menos 12 semanas y no contar con obra social. Además, los ingresos no pueden superar el salario mínimo, vital y móvil (SMVM). No obstante, también pueden cobrarla las trabajadoras del servicio doméstico y monotributistas sociales, quienes sí pueden tener cobertura médica y remuneraciones mayores.

El beneficio se otorga de forma automática cuando se realiza el alta en el Plan Sumar. Sin embargo, este requisito no aplica a trabajadoras de casas particulares y monotributistas sociales, quienes deben gestionar la solicitud en Mi Anses o presencialmente en una oficina con turno previo.

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