Jubilada pensando

La Justicia ordenó a dos hermanos pagar cuota alimentaria a su madre

Un juez ordenó a dos hermanos pagar una cuota alimentaria a su madre. Por ello, cada uno deberá pagarle $900.000 bajo dicho concepto.

En un fallo inédito, la Justicia de San Lorenzo ordenó a dos hermanos pagar una cuota alimentaria mensual de $900.000 cada uno para asistir a su madre, una mujer octogenaria con demencia vascular. La resolución se basa en el principio de solidaridad entre parientes establecido en el Código Procesal de Familia.

El fallo que establece una cuota alimentaria para una madre responde a una demanda iniciada por la hermana de los involucrados. La denunciante afirmó ser la única que se hacía cargo de los cuidados de su madre.

Conforme a la mujer que presentó la denuncia, la situación se había vuelto insostenible económicamente. Esto se debe a que se vio obligada a contratar personal para que acompañe a la madre durante las 24 horas del día.

Cuota alimentaria en adultos mayores

La beneficiaria de la cuota alimentaria percibe ingresos mensuales por $1.825.000, provenientes de su jubilación y del alquiler de dos inmuebles. Sin embargo, destina ese dinero a gastos médicos, medicamentos, vestimenta y atención especializada, sin alcanzar a cubrir los costos de su asistencia continua.

El juez sostuvo que la cuota alimentaria no se limita a los hijos menores, sino que también puede aplicarse a los padres en situación de vulnerabilidad. Si bien no es común ver este tipo de fallos, el Juez Marcelo Escola subrayó que el derecho existe y puede ser reclamado cuando los adultos mayores no pueden afrontar sus necesidades básicas por sí solos.

Asimismo, el magistrado remarcó que muchas personas desconocen esta posibilidad se reclamar una cuota alimentaria o no se animan a demandar a sus propios hijos. No obstante, señaló que el objetivo central es garantizar la calidad de vida de los adultos mayores, especialmente cuando atraviesan enfermedades como la demencia vascular.

El juez afirmó fundarse en el Código Procesal de Familia indicando que prevé el lazo sanguíneo tanto en lo ascendente como en lo descendente. Asimismo recordó que, en algunos casos, los abuelos deben pagar la cuota alimentaria de sus nietos cuando los progenitores no lo hacen.

Rechazo de los hijos y un planteo alternativo

Los dos hermanos demandados rechazaron la decisión y propusieron internar a su madre en una institución especializada. Sin embargo, el juez priorizó que permanezca en su hogar con asistencia permanente, considerando que esta opción favorece su bienestar emocional y físico.

Este fallo sienta un precedente relevante en materia de cuota alimentaria ascendente y reabre el debate sobre la responsabilidad de los hijos en el cuidado de sus padres.

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