Estudiante de jardín con ropa de Anses para AUH y SUAF

Requisitos para que AUH y SUAF cobren Ayuda Escolar por ir al jardín

Anses aclaró cuáles son los requisitos para que familias de la AUH y del SUAF cobren los $85.000 de Ayuda Escolar por sus hijos en el jardín.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) aclaró los requisitos para cobrar la Ayuda Escolar cuando los hijos asisten al jardín maternal o de infantes. El beneficio alcanza a titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).

En 2026, el monto de la Ayuda Escolar es de $85.000 por hijo, conforme a lo dispuesto en el Decreto 115/2026. Dicho importe está compuesto por $55.672 de base y $29.328 de refuerzo.

Ayuda Escolar para jardín no siempre se paga automáticamente

A diferencia de lo que ocurre con estudiantes de primaria y secundaria, la Ayuda Escolar para nivel inicial tiene particularidades. En estos casos, Anses no realiza el pago automático a las familias de la AUH y del SUAF en marzo de 2026.

Por ello, en el caso de niños que van al jardín, el pago de la asignación se hace a los 60 días de presentar el Certificado de Escolaridad. Esto se debe a que el organismo no cuenta con información previa respecto a la condición de alumno regular.

La fecha límite para hacer el trámite de la Ayuda Escolar es el 31 de diciembre de cada año.

Requisitos para que AUH y SUAF cobre el beneficio

Para acceder al cobro de la Ayuda Escolar Anual por hijos que asisten al jardín, se deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Presentación del certificado: Es obligatorio que el jardín o guardería acredite la condición de alumno regular en el Certificado de Escolaridad, el cual debe presentar el beneficiario ante Anses. En el caso de AUH, aunque la Libreta acredita escolaridad en otros niveles, para niños pequeños se requiere este certificado específico.
  • Establecimiento habilitado: El jardín maternal o de infantes debe estar debidamente reconocido e inscripto ante la Secretaría de Educación. Si la institución no está registrada, el beneficio no se liquida.
  • Edad mínima requerida: El menor debe tener al menos 45 días de vida, ya que a partir de esa edad comienza el derecho a cobrar la ayuda escolar.

Es importante remarcar que el niño debe ser alumno regular de una institución habilitada. De lo contrario, Anses no liquida el beneficio.

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