Trabajador rural con gorra de Anses

Anses oficializó suba del SUAF a $136.666 para trabajadores rurales

La Anses oficializó el aumento de la asignación por hijo del SUAF a $136.666 para trabajadores rurales manteniendo su igualdad con la AUH.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) oficializó los nuevos montos del SUAF para trabajadores rurales en abril de 2026. Con la actualización aplicada este mes, la asignación por hijo se elevó a $136.666, equiparándose nuevamente con el valor de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

El ajuste fue formalizado mediante el Anexo VII de la Resolución 79/2026 de Anses.

Igualdad del SUAF con la AUH para trabajadores rurales

La equiparación entre la AUH y el SUAF para trabajadores rurales tiene como objetivo fomentar la contratación en el sector agropecuario. Esta medida permite que los empleados temporarios o estacionales accedan a una asignación similar al de los sectores más vulnerables.

Dicha política fue establecida por el Decreto 514/2021 y prorrogada posteriormente con el Decreto 777/2025. De este modo, se garantiza que los trabajadores rurales perciban el mismo monto por hijo que los beneficiarios de la AUH.

A diferencia de la AUH, los titulares del SUAF no cuentan con retenciones mensuales. Es decir, cobran el 100% de la asignación. No obstante, deben acreditar la escolaridad para acceder a la Ayuda Escolar Anual, cuyo monto es de $85.000 gracias a un refuerzo dispuesto por el presidente Javier Milei.

Anses también actualizó los límites de ingresos para acceder al SUAF. En este mes, el ingreso individual máximo se fijó en $2.801.551, mientras que el tope del grupo familiar asciende a $5.603.102.

Séptimo cuadro

Regiones con plus por zona desfavorable

Anses liquida un adicional por zona desfavorable a trabajadores rurales que residen en regiones con mayores costos de vida. Este plus al SUAF alcanza a distintas zonas del país:

  • 1: Provincias de Río Negro, La Pampa y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Venegas); Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su éjido urbano) en Salta.
  • 2: Provincia del Chubut.
  • 3: Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera) en Catamarca; Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi en Jujuy; Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su éjido urbano) en Salta.
  • 4: Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
  • Valor general: Todas las regiones que no estén comprendidas en las zonas 1, 2, 3 y 4 del SUAF.

EconoBlog aclara que el adicional solo se paga cuando las asignaciones se perciben mediante una cuenta bancaria tradicional. Por lo tanto, quienes cobran a través de billeteras virtuales no acceden a este beneficio.

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