El límite de ingresos para cobrar la Asignación Universal por Hijo (AUH) aumentará de forma escalonada durante los próximos meses. Como resultado de la actualización del salario mínimo, vital y móvil, el tope llegará a $437.000 en abril de 2027.
La AUH fue creada mediante el Decreto 1602/2009. Dicha normativa estableció que su cobro está sujeto a que los ingresos del grupo familiar no superen el salario mínimo.
Por esta razón, con la publicación de la Resolución 4/2026 de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, se actualizaron los límites para el cobro del beneficio.
Nuevos límites de ingresos para cobrar la AUH
Hasta agosto de 2026, el salario mínimo fue de $376.600. Sin embargo, desde septiembre comienza un esquema de ocho incrementos consecutivos que finalizará en abril del próximo año.
En consecuencia, los nuevos límites de ingresos para cobrar la AUH serán:
- Septiembre de 2026: $383.800.
- Octubre de 2026: $391.200.
- Noviembre de 2026: $398.800.
- Diciembre de 2026: $406.400.
- Enero de 2027: $414.200.
- Febrero de 2027: $422.000.
- Marzo de 2027: $429.600.
- Abril de 2027: $437.000.
Para controlar que los beneficiarios de la AUH no superen el límite de ingresos, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) realiza un cruce de información con diferentes organismos. En caso de suspender el pago por tal motivo, lo notifica mediante su portal oficial dentro de la sección “Mis asignaciones”.
EconoBlog aclara que el límite de ingresos no se toma en cuenta para los trabajadores del servicio doméstico ni para los monotributistas sociales. Por ello, un ingreso superior al piso salarial vigente no genera por sí solo la pérdida de la AUH para quienes están comprendidos en estas situaciones.
El aumento del límite no modifica el monto mensual
Es importante diferenciar el límite de ingresos de la AUH del importe mensual liquidado por Anses. La actualización del SMVM solamente modifica uno de los requisitos económicos para acceder al beneficio.
El monto de la asignación se actualiza mensualmente conforme a la movilidad vigente. Dicha actualización considera la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

