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Categoría: Anses

Requisitos para cobrar el 100% de la AUH

Bebé de la AUH con ropa de Anses

Información sobre los requisitos para cobrar el 100% de la AUH cuando Anses verifica el cumplimiento de los controles sanitarios.

Escrito por Jorge Coyle | 22/10/2026 21:33

Los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) pueden cobrar el 100% del beneficio. Sin embargo, Anses aplica esta modalidad únicamente cuando se cumplen determinadas condiciones. Por lo tanto, no todas las familias están alcanzadas por el pago sin retenciones.

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El pago de la AUH sin retenciones beneficia a quienes tienen hijos pequeños y cuentan con los controles sanitarios correctamente registrados. Para ello se requiere que el Ministerio de Salud pueda verificar esa información directamente.

Condiciones para cobrar la AUH sin retenciones

Para que Anses liquide el 100% de la AUH, deben cumplirse simultáneamente los siguientes requisitos:

  • Tener hijos de hasta 4 años inclusive. También están comprendidos los hijos con discapacidad dentro de ese rango etario.
  • Contar con el alta del menor en el Plan Sumar.
  • Cumplir con los controles médicos correspondientes a su edad.
  • Tener aplicadas las vacunas del calendario nacional obligatorio.
  • El Ministerio de Salud debe poder verificar automáticamente los controles sanitarios mediante la información registrada.

La inscripción en el Plan Sumar se realiza en centros de salud y hospitales públicos. Este programa permite registrar el seguimiento sanitario de los niños cubiertos por la AUH.

Las familias pueden verificar el alta desde la página oficial del Plan Sumar. Asimismo, está disponible el número de teléfono 0800-222-7100.

Es importante que las visitas médicas y las vacunas estén registradas correctamente. De lo contrario, el cruce de información podría no permitir la acreditación automática.

Qué ocurre si Anses no verifica los controles

Cuando el Ministerio de Salud no puede confirmar el cumplimiento de las condiciones sanitarias, Anses mantiene el pago del 80% de la AUH. El 20% restante continúa retenido hasta que se presente la Libreta al año siguiente.

Este procedimiento fue establecido mediante la Resolución 1170/2025 del Ministerio de Capital Humano. Posteriormente, Anses reglamentó su aplicación mediante la Resolución 56/2026.

Sobre el autor

Jorge Coyle

Jorge Coyle

Contador Público egresado de la Universidad Argentina John F. Kennedy (UK).

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