Resultados de búsqueda para: Ministerio de Salud

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Nueva modalidad de contratación, sistema de la AFIP, Mi Simplificación

Los empleadores deberán utilizar en el programa Mi Simplificación de la AFIP las nuevas modalidades de contratación según los códigos de contratación para identificar las nuevas relaciones laborales, códigos 201-202 o 203 según la nueva Ley de promoción y protección del empleo registrado Nº 26.476 Titulo II Capitulo II ARTICULO 16. — Los empleadores, por el término de veinticuatro (24) meses contados a partir del mes de inicio de una nueva relación laboral o de la regularización de una preexistente con ausencia total de registración en los términos del capítulo I de este título, gozarán por dichas relaciones de una reducción de sus contribuciones vigentes con destino a lo siguientes subsistemas de la seguridad social:     a) Sistema Integrado de […]

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Se pagara un pago extra entre $100 y $200

Ayer Cristina Fernández en la residencia de Olivos, anunció que habrá un pago extra que oscila entre los $100.- para los desocupados que reciben un plan social, $150.- para las pensiones no contributivas, los mismos serán  pagado el día 29 de diciembre.  y $200.- para todos los trabajadores que reciben el Salario Mínimo, los cuales deben ser pagados por las empresas entre el 29 de diciembre y el día 5 de enero.

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Aumento del sueldo mínimo personal servicio domestico

Aumento en el sueldo mínimo para el Personal del servicio domestico, la norma rige con retroactivo al 1º d noviembre, los sueldo no subían desde el mes de marzo. Por la Resolución Nº 1538/08 del Ministerio de Trabajo se publico el día jueves 17/12/2008 en el Boletín oficial y es de un 26%. Fija las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Estos sueldos no habían sido modificados desde fines del año 2007 que se había otorgado en cuotas en los meses de noviembre del 2007 y marzo del 2008

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SMATA, insiste con un aumento salarial para el 2008

El sindicato de mecánicos,  SMATA, esta pidiendo  un aumento de 50% rechazando una propuesta de 30% escalonado en un año, contando con la posibilidad de llegar a un acuerdo si se mira el ejemplo de los aceiteros. El gremio aceitero durante este año estuvo plagado de paros del campo, cambios  en el sistema de exportación y bloqueos en los puertos por parte de los camioneros, el gremio de los aceiteros empieza a festejar porque cerró acuerdo por un aporte no remunerativo de $ 1.900, que se pagará en tres etapas: $ 1.000 este mes y el resto en tres cuotas de $ 300 en octubre, noviembre y diciembre. No se quedarán ahí, porque en enero retomarán las negociaciones en paritarias.

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Abolición del Trabajo Infantil

El Convenio Nº 138 de la OIT, ratificado por la Ley Nº 24.650, que establece que «Todo miembro para el cual esté en vigor este convenio se compromete a seguir una política nacional que asegure la abolición efectiva del trabajo de los niños.» Esta Comisión fue creada por el Decreto Nº 719/00, del 25 de agosto de 2000, en el ámbito del Ministerio de Trabajo Empleo y Formación de Recursos Humanos y fue creada para actuar en defensa y a favor para abolir el trabajo infantil. Mediante el Decreto Nº 719/00 se establece que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, ejercerá la presidencia de la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil.  

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AFIP, Servicio domestico, Ley 25.239 (Reforma Tributaria)

Ley 25.239 (Reforma Tributaria) TITULO XVIII RÉGIMEN ESPECIAL DE SEGURIDAD SOCIAL PARA EMPLEADOS DEL SERVICIO DOMESTICO ARTICULO 21. – Apruébale, como régimen especial de seguridad social para empleados del servicio doméstico, el siguiente: Artículo 1º – Establécese un régimen especial de seguridad social, de carácter obligatorio, para los empleados que presten servicios dentro de la vida doméstica y que no importen para el dador de trabajo lucro o beneficio económico, sujeto a las modalidades y condiciones que se establecen en la presente ley, sin perjuicio de la plena vigencia del Estatuto del Personal de Servicio Doméstico, aprobado mediante el Decreto Ley Nº 326, del 14 de enero de 1956 y su reglamentación. Beneficios de la Seguridad Social Artículo 2º –

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Resolución Nº 38/05, Obtención de la Libreta de Trabajo, personal del servicio domestico

Requisitos para la Obtención de la Libreta de Trabajo, personal del servicio domestico Para obtener la libreta de trabajo, el trabajador/a presentará ante la Delegación Regional de Trabajo y Empleo que corresponda a su domicilio los siguientes documentos: a) Certificado de buena salud que acredite aptitud para el trabajo emanado de organismo oficial de la Provincia de Buenos Aires o del profesional médico del Ministerio de Trabajo. El mismo deberá ser renovado anualmente por el interesado y presentado ante la Delegación Regional de Trabajo y Empleo quien dejará constancia en la libreta. b) Documento de identidad

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Libreta de Trabajo para el personal del Servicio domestico

La libreta de trabajo de los empleados del servicio doméstico tiene el carácter de instrumento público. Todas las personas comprendidas en el régimen de esta ley deberán munirse en una libreta de trabajo, que le será expedida en forma gratuita por la oficina correspondiente del Ministerio de Trabajo y Previsión. Respecto de la adulteración, enmienda y falsificación de datos en la libreta harán pasible al empleador de las penalidades del Código Penal para los delitos de adulteración, falsificación o supresión de documentos públicos. Es un documento que sirve de prueba de la relación laboral. La libreta permanecerá en poder del empleador y será devuelta al trabajador al finalizar la relación laboral. La libreta de trabajo contendrá:

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Para aplicar la Ley de Tickets todavía existen dudas

Ya pasaron dos meses después de la aprobación de la ley que reformó el sistema de vales alimentarios, las empresas esperan la reglamentación de varios aspectos que, según los asesores, no quedaron claros en el texto votado por el Congreso. El Ministerio de Trabajo, ya redactó un decreto reglamentario que, se encuentra a la espera de la firma de la Presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, y de su publicación en el Boletín Oficial. La ley establece que los montos hasta ahora abonados en vales deberá convertirse en remuneración y, por lo tanto, considerarse para los aportes y contribuciones a la seguridad social. El pase deberá concretarse en un plazo de 20 meses y a razón de un 10% del total

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