Bienes Personales

Vencimientos Anticipos Ganancias y Bienes Personales

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La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, informa que a partir del día 13 de agosto comienza a vencer el segundo anticipo de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del año 2009. Personas físicas y sucesiones indivisas. El cronograma de vencimientos es el siguiente: Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento 0-1-2-3 13/08/2009 4-5-6 14/08/2009 7-8-9 18/08/2009

Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales

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El Impuesto a las Ganancias grava hechos imponibles que se generan durante todo el año calendario, mientras que, Bienes Personales considera la composición patrimonial al 31 de diciembre de cada año. Ganancias se calcula sobre los ingresos percibidos durante el año, luego se le realizan las deducciones permitidas por Ley y los gastos originados por la actividad y gastos de consumo para el contribuyente y su familia. Bienes Personales se calcula sobre el patrimonio que el contribuyente posee a la fecha de cierre del ejercicio o sea 31 de diciembre.

Trabajadores en relación de dependencia, vence plazo presentación Ganancias y Bienes Personales

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Vence el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia presente las declaraciones juradas correspondientes a los Impuesto a las Ganancias y sobre los  Bienes Personales. Los trabajadores en relación de dependencia que ganen desde $96.000 al año deben presentar el detalle de su patrimonio ante la Administración Federal de Ingresos públicos,  AFIP. Aquellos , superen los $144.000 anuales deben cumplir con la presentación de una liquidación simplificada del tributo que alcanza a las utilidades.

Vencimientos: Autónomos, Ganancias, Bienes Personales, Ingresos Brutos

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Recordamos que le día de hoy 30 de junio de 2009 es el día de los siguientes vencimientos: Presentación de Declaración Jurada Anual correspondiente al Año 2008 para contribuyentes de Ingresos Brutos Convenio Multilateral. Presentación por medio del sistema Si.Fe.Re. Re empadronamiento de los trabajadores Autónomos. Presentación a través de la pagina de la AFIP Presentación de Declaraciones Juradas informativas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para los trabajadores  en relación de dependencia. Las presentaciones de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales deben efectuarse a través del aplicativo unificado versión 10.2

Vencimiento Declaración Jurada Ganancias y bienes Personales trabajadores en relación de dependencia

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Recordamos que mañana martes 30 de junio de 2009 vence la presentación de las Declaraciones Juradas informativas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para los trabajadores  en relación de dependencia. Las presentaciones de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales deben efectuarse a través del aplicativo unificado versión 10.0.

Bienes Personales: Pasos online del Calculo de la anticipos

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La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, potencia el calculo online  convirtiéndolo en obligatorio el uso de una flamante herramienta Web que facilita el pedido de reducción de anticipos en el Impuesto sobre los Bienes Personales. Los contribuyentes para acceder a la disminución de los importes que deben pagar a cuenta del tributo, deberán seguir los siguientes pasos: Pasos online para realizar la disminución al momento de pagar los anticipos sobre el Impuesto a los Bienes Personales:

Trabajadores en relación de dependencia ¿Presentan Declaración Jurada de Ganancias y Bienes Personales?

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Los trabajadores que solamente perciben ingresos por su trabajo en relación de dependencia deben presentar declaraciones juradas al Impuesto de las ganancias y bienes Personales en las siguientes circunstancias: Trabajadores que perciban durante el año 2008 desde $96.000.- deberán presentar la declaración jurada informativa de Bienes Personales Utilizar el aplicativo unificado de Ganancias y Bienes Personales versión 10.0 Trabajadores que perciban durante el año 2008 desde $144.000.- deberán presentar la Declaración Jurada informativa de Bienes Personales y del Impuesto a las Ganancias a través de los siguientes medios:

Ley Nº 26.476 Título III – Exteriorización de tenencias, divisas o bienes – Nuevo plazo especial de presentación

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La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante Resolución General N° 2593/09 relativa a la Ley Nº 26.476, título III – Exteriorización de la tenencia de moneda nacional, extranjera, divisas y demás bienes en le país y en el exterior, establece un plazo especial para la presentación hasta el día 31 de agosto de 2009, inclusive.

Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales – Nuevo aplicativo 2009

Bibliorato con logo de AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº  2594/09, relativa al  Impuesto a las Ganancias Personas Físicas y sobre los Bienes Personales, aprobó  el programa aplicativo unificado denominado «GANANCIAS PERSONAS FISICAS – BIENES PERSONALES – Versión 10.0», el que deberá ser utilizado para determinar e ingresar los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2008 y siguientes.