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Cobrarán Horas extras los Jefes – Modificación de la Jornada Laboral – Deducciones

Como ya sabemos la jornada laboral es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales y los trabajadores que trabajaran por encima de esa cantidad de horas debían cobrar un pago adicional con excepción de los “empleados de dirección o vigilancia”. A partir de la vigencia de la Ley Nº 26.597, el día 20 de junio de 2010, aquellos empleados que tengan algún cargo de jerarquía en las empresas, siempre y cuando no sean gerentes ni directores, también tienen derecho a cobrar horas extras.

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