Lavado de Dinero

Inmobiliarias deben Controlar el Lavado de Dinero

La Unidad de Información Financiera, UIF, mediante la Resolución Nº 16/2012 publicada en  el Boletín Oficial, el 27 de enero de 2012, obliga a las inmobiliarias a partir de ahora, a pedirles a sus clientes las Declaraciones Juradas, DDJJ,  de ingresos cuando realicen operaciones de compra o venta de inmuebles por un valor superior a los $600.000, alrededor de 137.000 dólares, o bien por sospechas de encubrir lavado de activos o financiamiento al terrorismo.

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Cooperativas y Mutuales deben informar para Prevenir Lavado de Dinero

La Unidad de Información Financiera, UIF, a través de la Resolución Nº 12/2012 incluyó a las cooperativas y mutuales y al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, INAES, en la obligación de reportar obligaciones sospechosas prevista en la Ley Nº  25.246 de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo. Y mediante la Resolución Nº 11/2012 fueron establecidos los requisitos y procedimiento a seguir y cumplir.

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Lavado de Dinero: Banco Central realiza mas Controles

El Banco Central de la República Argentina, BCRA, a través de la  Comunicación A/5218 de la nueva reglamentación de la Unidad de Información Financiera, UIF,  reforzó las pautas a seguir por las entidades financieras a fin de prevenir las maniobras de lavado de dinero. Los bancos público y privados deberán informar entre otras cosas, los clientes que compren oro por mas de $40.000.- y no se podrán pagar por ventanilla cheques comunes o diferidos que superen los $50.000.-

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