martilleros y corredores públicos

Pasos a seguir por los martilleros para informar un remate o subasta a AFIP

Así como lo estipula la Resolución General 3.724, los martilleros deben informar los remates o subastas en las cuales participarán mediante la página oficial de AFIP (www.afip.gob.ar). Dicho trámite debe ser efectuado cuando estas operaciones se traten de inmuebles, vehículo (automotores o embarcaciones), obras de artes y bienes suntuarios cuyo precio de venta supere los diez mil pesos.

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Guía para que los martilleros cumplan con el Régimen de Información de AFIP

Desde el día de la fecha, los martilleros públicos que intervengan en remates y subastas tienen la obligación de informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos los bienes,l compradores, vendedores, intermediarios y demás datos de las operaciones en las cuales formen parte. A continuación, el sitio de noticias detalla una guía con los pasos que se deben seguir para hacer este trámite en la sección Régimen de Información del sitio de AFIP (www.afip.gob.ar).

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AFIP: Martilleros públicos deben completar el Régimen de Información para Remates y Subastas

Mediante la Resolución General N° 3.724, que fue publicada el 26 de enero de 2015 en el Boletín Oficial, el organismo recaudador ha establecido un Régimen de Información para remates y subastas. De esta forma, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece que os martilleros públicos deben informar la compra y venta en dichas operaciones por medio de la página www.afip.gov.ar.

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Unificación de la matricula de Corredores Inmobiliarios

Informamos que la Legislatura de la Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires, sancionó con fuerza de Ley, incorporando como cláusula Transitoria Primera de la Ley Nº 2.340, que por el término de noventa días permanecerá abierta la instancia de matriculación para idóneos e inscriptos  en la Inspección General de Justicia, IGJ, ante el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la ciudad de Buenos Aires.

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Oposición de los Corredores y Martilleros Públicos ante la AFIP

El día 2 de mayo comenzará a regir la  Resolución general Nº 2371/07 implementada por la AFIP, cuyos alcances afectan directamente a los corredores inmobiliarios al poner en cabeza de los mismos la responsabilidad de informar a la AFIP cuando un inmueble ofrecido en venta carezca del COTI.  El colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Buenos Aires planteará su oposición de hacer responsables a los profesionales de informar al ente nacional cuando el vendedor se niegue a denunciar la venta mediante el COTI. Asimismo se dispuso

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Martilleros y corredores públicos, resolución general Nº 2168

La AFIP, realizo una reunión de trabajo el 24 de septiembre con autoridades de los colegios de martilleros y corredores públicos, en la cual realizo una demostración del programa informático que se prevé, de cómo los titulares de los bienes inmuebles, o sea, los propietarios deben notificar al ente recaudador (AFIP) que el inmueble se encuentra a la venta.

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