Nuevos basicos para UOMRA
El 3 de mayo de 2007 se suscribió el acuerdo salarial entre l asociación de Industriales Metalúrgicos de la Republica Argentina (ADIMRA) y la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOMRA).
Si bien el incremento salarial corre a partir del 1º de Abril de 2007, para pagarlo los empresarios deben esperar la homologación Ministerial.
El incremento en una categoría de operario fue de 14% a partir del 1º de abril 3.633% a partir del 1º de de junio y 2.17% a partir del 16 de octubre de 2007.
También en una de sus partes del acuerdo resuelven eliminar la categoría de “PEON” prevista en este convenio.
Los trabajadores que actualmente tengan esa categoría pasaran automáticamente a la categoría de “OPERARIO”.
SUMA FIJA NO REMUNERATIVA los trababjadores cobraran una suma fija no remunerativa en dos cuotas iguales y consecutivas de $ 100.- en el mes de septiembre del corriente año y la segunda en el mes de febrero de 2008
C.C.T. Nº 260/75 -SALARIOS - ANEXO “1″
RAMA Nº 1 – ALUMINIO
SALARIOS BASICOS
Vigente desde: 1º Abril de 2007
ACUERDO SALARIAL ENTRE:
UOMRA: UNION OBRERA METALÚRGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
ADIMRA: ASOCIACIÓN DE INDUSTRIALES METALÚRGICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
Categorias 1º Abril 1º Junio 16 Oct.
PERSONAL JORNALIZADO
a) CATEGORIAS Generales Art.6
Operario $ 5,70 $ 5,91 $ 6,04
Operario Calificado $ 6,17 $ 6,40 $ 6,54
Medio Oficial $ 6,67 $ 6,91 $ 7,06
Operario Especializado $ 7,12 $ 7,38 $ 7,54
Operario Esp. Múltiple $ 7,53 $ 7,81 $ 7,98
Oficial $ 7,87 $ 8,16 $ 8,34
Oficial Múltiple $ 8,48 $ 8,79 $ 8,98
PERSONAL MENSUALIZADO
Grupo A -Personal Administrativo
1º Abril 1º Junio 16 Oct.
Cat. Administrativo de 1ª $ 1.101,06 $ 1.141,62 $ 1.166,73
Cat. Administrativo de 2ª $ 1.221,96 $ 1.266,98 $ 1.294,85
Cat. Administrativo de 3ª $ 1.410,94 $ 1.462,92 $ 1.495,10
Cat. Administrativo de 4ª $ 1.540,97 $ 1.597,74 $ 1.632,88
Grupo B Personal Técnico
Cat. Técnico de 1ª $ 1.101,06 $ 1.141,62 $ 1.166,73
Cat. Técnico de 2ª $ 1.222,16 $ 1.267,19 $ 1.295,06
Cat. Técnico de 3ª $ 1.306,28 $ 1.354,40 $ 1.384,20
Cat. Técnico de 4ª $ 1.481,80 $ 1.536,39 $ 1.570,19
Cat. Técnico de 5ª $ 1.541,02 $ 1.597,80 $ 1.632,94
Cat. Técnico de 6ª $ 1.687,26 $ 1.749,42 $ 1.787,90
Grupo C Personal Auxiliar
Cat. Auxiliar de 1ª $ 1.059,19 $ 1.098,21 $ 1.122,37
Cat. Auxiliar de 2ª $ 1.152,73 $ 1.195,20 $ 1.221,49
Cat. Auxiliar de 3ª $ 1.311,81 $ 1.360,14 $ 1.390,06
MENORES AYUDANTES OBREROS, APRENDICES Y EMPLEADOS
a) Menores Ayudantes obreros
1º Abril 1º Junio 16 Oct.
14 y 15 Años $ 5,00 $ 5,19 $ 5,30
16 y 17 Años $ 5,21 $ 5,40 $ 5,52
b) Aprendices
1er. Año $ 5.03 $ 5,21 $ 5,33
2do. Año $ 5,21 $ 5,40 $ 5,52
3er. Año $ 5,26 $ 5,46 $ 5,58
4to. Año $ 5,36 $ 5,56 $ 5,68
c) Empleados Menores
6 Horas
14 Años $ 853,67 $ 885,12 $ 904,59
15 Años $ 879,27 $ 911,67 $ 931,72
16 Años $ 881,12 $ 913,58 $ 933,67
17 Años $ 885,84 $ 918,47 $ 938,68
8 Horas
16 Años $ 984,24 $ 1.020,51 $ 1.042,95
17 Años $ 1.018,40 $ 1.055,92 $ 1.079,15
FOGUITAS Y CHOFERES
A) FOGUITAS
1º Abril 1º Junio 16 Oct.
Con Patente de 3ª $ 7,53 $ 7,81 $ 7,98
Con Patente de 2ª $ 7,87 $ 8,16 $ 8,34
Con Patente de 1ª $ 8,50 $ 8,81 $ 9,01
B) CHOFERES
Con Registro de Carga. $ 7,53 $ 7,81 $ 7,98
Con Registro Profesional. $ 7,87 $ 8,16 $ 8,34
Con Registro de DNV. $ 8,50 $ 8,81 $ 9,01
ADICCIONALES
1º Abril 1º Junio 16 Oct.
Adicional Art. 53 Titulo Técnico $ 9,15 $ 9,49 $ 9,70
Adicional Art. 54 Titulo Secundario $ 9,15 $ 9,49 $ 9,70
Adicional Art. 55 Idiomas $ 17,07 $ 17,70 $ 18,08
Adicional Art. 57 Padres incapacitados $ 23,54 $ 24,41 $ 24,95
Adicional Art. 58 Fallecimiento de Familiar. $ 182,22 $ 188,93 $ 193,09
Adicional Art. 59 Servicio Militar. $ 82,88 $ 85,93 $ 87,82
Adicional Art. 60 Por Cobranza $ 6,62 $ 6,87 $ 7,02
Adicional Art. 61
a) Por Ensobrado $ 1,84 $ 1,91 $ 1,95
b) Por ensobrado y pago. $ 3,64 $ 3,78 $ 3,86
Adicional Art. 62
Por Tareas de otro Grupo o Superior. $ 11,39 $ 11,81 $ 12,07
Adicional Art. 63
Por llamada fuera de horario. Por cada llamada $ 4,43 $ 4,59 $ 4,69
Adicional Art. 64
Por falta de Vacante. Por hora $ 0,09 $ 0,09 $ 0,10
Adicional Art. 91
a)Vajante en el Interior del Pais (dia) $ 49,74 $ 51,57 $ 52,70
b)Viajante Urbano y Suburbano (mensual) $ 165,82 $ 171,93 $ 175,71
3ª Categoría Choferes por mes $ 4,86 $ 5,04 $ 5,15
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Marzo 11, 2008 at 3:29 pm
Hola Pablo:
Te doy la direccion de donde podes bajar el convenio de empleados de comercio es el Nº 130
http://www.trabajo.gba.gov.ar/convenios/convenios.asp
muchas gracias
Marzo 11, 2008 at 1:33 pm
Hola!
Me gustaria puedan mandarme el convenio salarial de todas las categorias del personal mensualizado, (administrativo), categoria “A”.-Tambien quisiera saber por que las diferencias en los salarios; ya que cobro la cat.1 haciendo
las mismas tareas que mi compañera, que cobra cat.4.
Esperando una respuesta a la brevedad, saludo atte.-
Marzo 10, 2008 at 9:39 am
Hola rodrigo:
No te corresponde el pago de horas por trámites personales, o te lo descuentan o lo tenes que recuperar.
muchas gracias
Marzo 7, 2008 at 6:46 pm
Hola!!! queria saber si un empleado que va a hacer tramites personales al ANSES le corresponde el pago de esas horas (fue en horario de trabajo) y si tienen alguna cantidad de horas pagas por tramites personales por mes o no es asi. Gracias!
Marzo 7, 2008 at 8:42 am
Hola! necesitaría saber si los $ 100,00 del Acuerdo de Abril del 2007, que deben pagarse en Febrero es para todos los empleados en Nómina a la fecha del pago; ya que el contador No se los liquidó a 2 empleados ingresados en octubre.
Aguardo respuesta.
Muchas gracias!!
Marzo 4, 2008 at 6:53 pm
Hola Miltón:
Estan hablando las nuevas paritarias.
Yo creo que no es obligatoria la audiometria, pero si conveniente para evitar jucio posteriores. Podris averiguar en el sindicato.
muchas gracias
Marzo 4, 2008 at 2:12 pm
graciela queria saber si van a haber nuevas escalas salariales por el avance tecnologico en la metalurgica. Tambien quiero saber si los empleadores estan obligados a relizarnos audiometrias ya que hay mucho ruido en el ambiente y es perjudicial para la salud
gracias
Marzo 3, 2008 at 5:31 pm
Abra alguna vez algo a favor de las pequeñas empresas, sino asi nunca vamos a crecer, lo unico que hacemos es PAGARRRRRRRRRR
Febrero 29, 2008 at 12:37 pm
Hola Marina:
Los basicos los podes bajar de la página de la UOM http://www.uom.org.ar/legislab.asp?
y los acuerdo tambien.
muchas gracias
Febrero 29, 2008 at 11:26 am
Por favor necesito si me pueden enviar por mail la escala nueva de metalurgicos rama N° 16. Además necesito saber de los aumentos no remunerativos de 2007 y 2008, si los hubiera.
Febrero 24, 2008 at 11:44 am
Buenas, me gustaeia saber si alguna vez en las paritarias se va a tratar el tema sobre nuevas categorias, porque yo cobro la hora como oficial igual que un compañero de trabajo que trabaja con tornos automaticos muy antiguos y yo soy tecnico electromecanico y programo, preparo, y opero tornos c.n.c sin ninguna diferencia economica. Me parece que tendrian que actualizar el convenio en el tema de categorias porque hace mas de 30 años no habia la tecnologia que hay ahora. GRACIAS!!!!!!
Febrero 20, 2008 at 5:30 pm
Hola!
Me gustaria puedan mandarme el convenio salarial de todas las categorias del personal mensualizado, (administrativo), categoria “A”.-Tambien quisiera saber por que las diferencias en los salarios; ya que cobro la cat.1 haciendo
las mismas tareas que mi compañera, que cobra cat.4.
Esperando una respuesta a la brevedad, saludo atte.-
Febrero 12, 2008 at 12:51 pm
Hola Osvaldo:
En tu caso es como si te tomara a trabajar otra empresa. Vos sos el que arregla tu sueldo con tu nuevo empleador, perdes incluso la antiguedad? o te reconocen los años anteriores?
gracias
Febrero 12, 2008 at 11:23 am
hola yo trabaje para una empresa metalurgica que me hacia cumplir mis tareas de foguista en un club de futbol como personal terzializado la empresa se retira del club por falta de pago y este me toma en forma efectiva pero me empieza a pagar segun el covenio de utedyc que es mucho menor que el de la uom la pregunta es ¿no me trendrian que respetar lo que yo ganaba?
Febrero 11, 2008 at 10:28 am
Hola Andrea:
Esta es la dirección y podes bajar el convenio: http://www.uom.org.ar/legislab.asp?
gracias
Febrero 10, 2008 at 9:37 pm
donde puedo conseguir informacion sobre laudo 33 mas alla del acuerdo salarial. Gracias
Febrero 8, 2008 at 9:48 am
Hola Cristian:
Si cobras por hora y tenes 28 días de vacaciones se multiplica 28 x 8 ó 9 (horas que trababajas por día) y a eso lo multiplicas por el jornal horario. El jornal horario se calcula sacando un promedio de los últimos 6 meses en cuanto a remueraciones variables, ejemplo horas extras, etc.
gracias
Febrero 7, 2008 at 8:53 pm
Muchas gracias por la respuesta si cobre así, pero yo creía que se dividía por 21 el mes y se multiplicaba por 28 y para saber cómo sería si fuese por hora es solo para saber, yo ya solucione mi problema pero dicen que el saber no ocupa lugar desde ya muchísimas gracias
Y saludos para todos los lectores de este blog.
Febrero 7, 2008 at 11:04 am
Hola Cristian:
Decis que cobras quincenalmente o sea la liquidación mensual o jornal? Mensual es sueldo divido 25 y multiplicado por los 28 dias. En tu caso quincena multiplicado por 2 dividido por 25 y multiplicado por 28.
Si cobras por hora no es asi la cuenta. gracias
Febrero 7, 2008 at 12:13 am
Buenas espero no sea muy tarde para la pregunta quisiera saber de que modo tengo que sacar el monto para las vacaciones de 2007/2008 si tengo 28 dias y cobro quincenalmente desde ya muchas gracias por la respuesta