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Pago de la Suma Extraordinaria no Remunerativa de UOM

En el último acuerdo firmado por la Unión obrera Metalúrgica de la República Argentina, UOMRA, se pacto el pago de un aumento del 26.5%, 15% en el mes de Abril y un 10% en el mes de julio, ambos del año 2011 y en el artículo SEGUNDO el pago de una “Gratificación Extraordinaria no Remunerativa por Única Vez” iguales para todas las categorías del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 260/75 de tres pagos de $300.-  cada uno con los haberes de los meses de enero, febrero y marzo de 2012. Por lo tanto, los trabajadores de la UOMRA pertenecientes al CCT Nº 260/75 con el sueldo del mes de enero de 2012 recibirán el pago de los primeros $300.-, […]

En el último acuerdo firmado por la Unión obrera Metalúrgica de la República Argentina, UOMRA, se pacto el pago de un aumento del 26.5%, 15% en el mes de Abril y un 10% en el mes de julio, ambos del año 2011 y en el artículo SEGUNDO el pago de una “Gratificación Extraordinaria no Remunerativa por Única Vez” iguales para todas las categorías del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 260/75 de tres pagos de $300.-  cada uno con los haberes de los meses de enero, febrero y marzo de 2012.

Por lo tanto, los trabajadores de la UOMRA pertenecientes al CCT Nº 260/75 con el sueldo del mes de enero de 2012 recibirán el pago de los primeros $300.-, que serán pagados como una “Gratificación Extraordinaria no Remunerativa Acuerdo UOM 19/05/2011” en forma completa o bien abreviada y se deberá colocar el Nº de la cuota que corresponda, en este caso 1.

El pago de estas tres cuotas de $300.- son No Remunerativos, por lo tanto no llevarán los descuentos de ninguna naturaleza, con excepción de un aporte y contribución a la Obra Social, OSUOMRA. Se deberá depositar en las boletas establecidas por la UOMRA, cargadas en la página Web y alcanza a todos los trabajadores comprendidos en este acuerdo.

Es de importancia aclarar que el monto se liquidará a quienes cumplan la jornada laboral completa o proporcional a los que realicen jornada reducida.

15 comentarios en “Pago de la Suma Extraordinaria no Remunerativa de UOM”

    1. Laura

      Se paga a la UOM cuando haces la boleta tenes que poner cantidad de trabajadores y la liquidación te la hace UOMRA Todos los que se benefician con el aumento deben pagar el aporte a la obra social UOM

  1. Como se liquidan los $ 300 … dicen que son no remunerativos pero a su vez hay que calcularles 3% a ingresar con destino OSUOMRA y si ingreso en la pagina web de UOMRA no encuentro la boleta para pagar dicha deduccion.

    Pueden ayudarme ?

  2. hOLA GRACIELA ESTE PAGO EXTRAORDINARIO , SE DEBE ABOANRA EN ENERO, FEBRERO Y MARZO DEL ESTE CORRIENTE AÑO 2012 NO ? O YA FUE ABOANDO EL ANÑO PASADO 2011?
    AGRADECERE TUS COMENTARIOS A LA BREVEDAD

    IGNACIO.

    PD: DONDE PUEDE BAJAR ESE ARTICULO , EN EL CASO QUE RRH DE MI EMPRESA OMITA PAGARLO.

    GRACIS

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