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Defensa al consumidor, mas castigos por abusos, nueva Ley

El DIA 12 de marzo el congreso modifico la Ley de Defensa del Consumidor, la iniciativa tenia la media sanción por parte de  los senadores y ahora fue aprobada por los diputados, la misma fortalece los derechos de los usuarios con medidas como indemnizaciones inmediatas y mayores multas para aquellas empresas que no cumplan lo prometidos. Habrá nuevos instrumentos para que cuando alguien compra algo por un valor de hasta 3.000 pesos, si es perjudicado, la empresa que fabricó ese producto o el comerciante que lo vendió tendrán la obligación de pagarle al cliente una multa que puede llegar hasta los 5 millones de pesos. Se obliga a los funcionarios de las oficinas de Defensa de la Competencia de todo […]

El DIA 12 de marzo el congreso modifico la Ley de Defensa del Consumidor, la iniciativa tenia la media sanción por parte de  los senadores y ahora fue aprobada por los diputados, la misma fortalece los derechos de los usuarios con medidas como indemnizaciones inmediatas y mayores multas para aquellas empresas que no cumplan lo prometidos.

  • Habrá nuevos instrumentos para que cuando alguien compra algo por un valor de hasta 3.000 pesos, si es perjudicado, la empresa que fabricó ese producto o el comerciante que lo vendió tendrán la obligación de pagarle al cliente una multa que puede llegar hasta los 5 millones de pesos.

  • Se obliga a los funcionarios de las oficinas de Defensa de la Competencia de todo el país a defender a los consumidores, sin gasto alguno.

Los diputados la aprobaron por 197 votos positivos y sólo 6 abstenciones. La diputada kirchnerista Patricia Vaca Narvaja, una de las impulsoras del proyecto dijo: «Hacía más de 10 años que no se actualizaba; entre los principales beneficios figura que se incorpora el resarcimiento directo al consumidor por parte de la autoridad de aplicación y el federalismo en los tribunales».

Características principales:

  • La   nueva ley pone nuevas reglas de juego para el consumo de artículos cotidianos, ya que involucra a operaciones de hasta 3.000 pesos. Por ejemplo, no abarca la compra de un auto, pero sí pasajes o electrodomésticos.

  • Si el consumidor se siente dañado, podrá hacer su denuncia en cualquier oficina de Defensa del Consumidor de todo el país (y no sólo en el ente regulador, como hasta ahora). Esa oficina, sin que le cobre un peso, debe decidir si hubo o no daño y, en caso de que lo haya habido, obligará a la empresa involucrada a pagarle plata en efectivo al consumidor. Por ejemplo, si compró un zapato y a los 15 días se rompió, el vendedor debe pagarle por el daño o reemplazarlo por otro nuevo, sin costo adicional.

  • El funcionario de Defensa del Consumidor no es un mediador, sino que debe defender al consumidor.

  • Se extienden las garantías de todos los productos comprados por hasta 3.000 pesos de los actuales 3 meses a 6 meses, garantía obligatoria para bienes durables.

  • Se exige a las empresas prestadoras de servicios públicos garantizar la atención personalizada a los usuarios. Deberán habilitar un registro de reclamos.

  • Referente a los Servicios Públicos, establece la incorporación del derecho de los usuarios a rescindir los contratos de servicios de la misma manera en que los tomaron, ya sea telefónica o electrónicamente. Si un usuario se queda sin teléfono por varios meses, la prestadora del servicio debe devolverle el dinero de ese período. Bastará que el usuario haga la denuncia en una oficina de Defensa del Consumidor. Antes, debía pagar primero y reclamar después en el ente regulador o en la Justicia.

  • Condena las «prácticas abusivas» contra los consumidores. Apunta a las promociones en las que las empresas «se aprovechan de la inocencia» de las personas.

  • Los consumidores podrán recurrir a los Tribunales Arbítrales de Consumo, que hasta hoy sólo son obligatorios en Capital. Ahora lo serán también en las provincias, donde por ahora eran optativos.

Todavía falta la reglamentación, pero  la nueva ley incorpora la figura del «daño punitivo», consistente en una multa a favor del consumidor cuando ha sido víctima de una conducta disvaliosa. Esto abarcaría, por ejemplo, que si alguien tiene un accidente en un centro comercial o shopping, aunque no haya comprado nada, el comercio debe hacerse cargo del daño físico. Lo mismo si se corta la luz y se pudren los alimentos: la empresa debe costear el gasto de reposición.

También la ley condena la discriminación, establece una nueva protección sobre consumidores extranjeros. En esta cláusula apunta específicamente a los precios sobre facturados en moneda extranjera para los turistas que provienen de otros países.

Asociaciones de defensa del consumidor como el CEC y DEUCO festejarán el sábado, por la mañana, el Día del Consumidor, explicando los alcances de la ley en esquinas como Acoyte y Rivadavia y Cabildo y Juramento.

Donde consultar y reclamar
La Subsecretaría de Defensa del Consumidor tiene una línea telefónica gratuita para atender quejas y consultas: 0800-666-1518. La Web del organismo, con información para consumidores y el listado de las oficinas de Defensa del Consumidor en el interior, es www.mecon.gov.ar/secdef.

13/03/2008 – Clarín – 

 

 

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