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AFIP facilita regulación de Ganancias y Bienes Personales

La AFIP facilita la regulación de deudas de Ganancias y Bienes Personales. No se considerá la calificación del Siper para adhesión a planes.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió la facilitación para regularidad de deudas de bienes personales y ganancias. Con lo cual no se considerará el Sistema de Perfil de Riesgo (Siper) hasta el 31 de enero de 2022. Los contribuyentes tienen la posibilidad de adherirse a planes de pago de 3 cuotas y pago a cuenta del 25%.

AFIP extendió la facilitación del acceso a planes de pago mediante la Resolución General 5109/2021.

La normativa alcanza a los sujetos de las categorías A, B, C y D del Siper. Quedan excluidos aquellos que integran la E por ser considerados de riesgo muy alto.

El Siper es el sistema informático de calificación usado por AFIP para determinar el nivel de cumplimiento de los contribuyentes. Éste lleva adelante una evaluación mensual de cada uno de los ciudadanos.

Los contribuyentes podrán acceder a planes de facilidades de pago con un máximo de 3 cuotas. Éstos requieren un pago a cuenta del 25% de la deuda consolidada. Su tasa de interés está prevista en la RG 4057.

Para llevar adelante la regulación de las obligaciones, los sujetos tienen que acceder al portal de AFIP. Es necesario que se identifiquen en el sistema usando el número de CUIT y la Clave Fiscal.

Esta es una de las medidas aplicadas por el Fisco Nacional en medio de la pandemia del coronavirus. Por medio de ellas se busca dar un alivio ayudando en el cumplimiento de las obligaciones.

Paralelamente se extendió hasta el 3 de enero de 2022 la suspensión de la exclusión de oficio del monotributo. Aparte ningún monotributista será dado de baja en diciembre por falta de pago.

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