El día de mañana iniciará el vencimiento del Impuesto al Valor Agregado y el Libro de IVA Digital. Esto es tal como lo establece el calendario de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de enero de 2022. Este cronograma varía conforme al dígito verificador de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de cada contribuyente.
Los vencimientos de AFIP varían de acuerdo al tipo de obligación y a la terminación del CUIT.
La generación de la Declaración Jurada (DDJJ) debe ser hecha desde la página de AFIP con Clave Fiscal. Para ello se tiene que usar el Formulario IVA por Actividad.
Los sujetos exceptuados de utilizar el servicio anteriormente indicado tienen que hacer la generación con el aplicativo correspondiente. Luego, la remisión tiene que llevarse adelante con la herramienta «Presentación DDJJ y Pagos».
Fechas de vencimiento del IVA
Terminación del CUIT | Vencimiento |
---|---|
0 y 1 | 18/11 |
2 y 3 | 19/11 |
4 y 5 | 20/11 |
6 y 7 | 24/11 |
8 y 9 | 25/11 |
Ampliación de exceptuados del Libro de IVA Digital
Por medio de la Resolución General 5133/21, AFIP extendió la excepción a los sujetos alcanzados de manera retroactiva desde mayo de 2021. En estos casos, la registración debe ser efectuada en los respectivos libros dentro de los primeros días del mes inmediato posterior.
El organismo recaudador indicó que la excepción de la obligatoriedad es automática. Cuando nos e aplique se puede solicitar mediante el Sistema Registral.
Están exceptuadas las personas humanas exentas de IVA cuya única actividad registrada y vigente sea la venta al por menor de diarios y revistas. La medida también alcanza a cooperadoras escolares; centros de jubilados y pensionados; entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV); comunidades aborígenes; cooperadoras de hospitales; bibliotecas populares; asociaciones de padres; y comedores comunitarios.
En caso de presumir la inadecuada excepción, se notificará al contribuyente de oficio para para que vuelva a utilizar el Libro de IVA Digital.