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Ganancias Personas Físicas – Régimen Simplificado año 2008

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, ya tiene disponible el Servicio «Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas» para confeccionar y presentar la Declaración Jurada correspondiente la periodo fiscal 2008 para la liquidación Simplificada del  Impuesto a las Ganancias, de los empleados bajo relación de dependencia. El mismo lo pueden utilizar los contribuyentes que: Perciban ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones. Actores que perciban ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores. Los socios de las sociedades cooperativas, que trabajen personalmente en la explotación, por los servicios prestados. Los contribuyentes que además de los ingresos indicados precedentemente obtengan, otras rentas por las cuales el beneficiario haya adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) o resulten […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, ya tiene disponible el Servicio «Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas» para confeccionar y presentar la Declaración Jurada correspondiente la periodo fiscal 2008 para la liquidación Simplificada del  Impuesto a las Ganancias, de los empleados bajo relación de dependencia.

El mismo lo pueden utilizar los contribuyentes que:

  • Perciban ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones.

  • Actores que perciban ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.

  • Los socios de las sociedades cooperativas, que trabajen personalmente en la explotación, por los servicios prestados.

  • Los contribuyentes que además de los ingresos indicados precedentemente obtengan, otras rentas por las cuales el beneficiario haya adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) o resulten exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las ganancias.

Para utilizar el presente servicio se puede ingresar a través del sitio Web de AFIP con la clave fiscal, o bien a través de las páginas de las Entidades bancarias.

2 comentarios en “Ganancias Personas Físicas – Régimen Simplificado año 2008”

  1. Que hay de cierto con respecto a la prórroga en la presentación de la DDJJ GAnancias que vence a partir del 20 de abril?. Hoy leí en infobae que se prorroga, pero la resol aún no está.
    Muchas garcias.

    1. Maria:

      Se esta esperando la resolución de la AFIP para la prorroga en la presentación para mayo o junio, pero no para el pago que si vence en abril, y los contribuyentes que realicen un blanqueo van a poder realizar una rectificativa sin intereses y sin multa

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