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IERIC: Obligación utilizar la tarjeta «Soy Constructor»

Se recuerda a los empleadores de la construcción que el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, determino que a partir del 1º de abril de 2011 todas las relaciones laborales iniciadas desde esa fecha, obligatoriamente se deberán hacer utilizando la tarjeta «Soy Constructor». Las relaciones laborales que se hayan registrado con anterioridad a dicha fecha mantendrán su validez o bien hasta que termine el vinculo laboral o hasta el día 13 de marzo del año 2013, lo que ocurra primero. Empleadores de la construcción el IERIC les recuerda que todas las altas de personal que se produzcan después del día 1º de abril de 2011 es obligación realizarlas ante el instituto por medio de […]

Se recuerda a los empleadores de la construcción que el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, determino que a partir del 1º de abril de 2011 todas las relaciones laborales iniciadas desde esa fecha, obligatoriamente se deberán hacer utilizando la tarjeta «Soy Constructor». Las relaciones laborales que se hayan registrado con anterioridad a dicha fecha mantendrán su validez o bien hasta que termine el vinculo laboral o hasta el día 13 de marzo del año 2013, lo que ocurra primero.

Empleadores de la construcción el IERIC les recuerda que todas las altas de personal que se produzcan después del día 1º de abril de 2011 es obligación realizarlas ante el instituto por medio de las tarjetas denominadas “Soy Constructor”, casi contrario no tendrán validez aquellas, que se presenten mediante las libretas tradicionales.

Los trabajadores que fueron dados de alta con anterioridad al 1º de abril de 2011 con la anterior modalidad del uso de las “Libretas de Fondo de Ceses Laboral” se mantendrá vigente la misma, hasta el día 13 de marzo de 2013 o hasta el momento en que se termine el vinculo laboral.

12 comentarios en “IERIC: Obligación utilizar la tarjeta «Soy Constructor»”

  1. Hola si mi marido renuncia,con un acuerdo para cobrar el cese laboral,pero sigue trabajando en la empresa ..Los datos de ANSES los tengo q registrar de nuevo para seguir cobrando el salario

    1. Maria Aveces no hace falta, pero por las dudas saca turno y lleva le alta laboral con la documentación En ANSEs no decis que fue para cobrar el Cese Laboral, deci que renuncio y luego volvio sin tantas explicaciones

  2. Hola me despidieron y tengo el depósito en la cuenta del veces laboral que ría saber cómo se cobra el depósito ya que nunca la empresa me realizó la tarjeta ni libreta.por otro lado solamente en mi poder tengo el telegrama de despido.con el mismo puedo ir a cobrar el fondo al banco? Slds.

    1. Pablo si la empresa hizo tus aportes obligatoriamente debe entregarte la tarjeta inteligente (siempre debe estar en poder del trabajador,no la puede retener) y para cobrar Fondo de Desempleo es necesario que te entregue Baja laboral de la AFIP, hoja Movíl del IERIC, y nota dirigida al banco donde realizo los aportes con los datos de tu cuenta

  3. Hola hace varios meses deje de trabajar en la empresa que estaba y me quede con la targeta estuve mas de un año trabajando puedo ir con la targeta al banco nacion y fijarme si puedo cobrar algo del fondo de desempleo gracias…

    1. Maxi Esta bien que te quedes con la tarjeta, siempre debe estar en tu poder, pero tenes que preguntar en la empresa donde te realizo el deposito y pedirle la documentación y datos de la cuenta para llevar a la entidad bancaria

    1. Marioel el empleador te debe decir donde déposito el dinero y darte una nota con los datos de tu cuenta y vos ir la banco a cobrarlo, ademas lleva baja laboral de la AFIP y hoja móvil del IERIC

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