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Hoy Anses paga $47.850 al Programa Acompañar

Hoy, la Anses paga $47.850 al Programa Acompañar, el cual es compatible con el cobro de la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo.

El día de hoy, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) hace el pago del Programa Acompañar. Dicho beneficio equivale al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) vigente. Debido a que el depósito es a mes vencido, en septiembre se cobra agosto. Con lo cual, el importe percibido por las beneficiarias es de $47.850. El aumento a $51.200 recién será cobrado en octubre.

Las mujeres y personas LGBTI+ que padecen violencia de género pueden tramitar el cobro del Plan Acompañar por 6 meses.

Cada una de las cuotas del programa equivalen al piso salarial vigente. De esta forma se van ajustando con los incrementos establecidos por el Consejo del Salario Mínimo. Es por ello que desde este mes es de $51.200. A partir de octubre será de $54.550 y desde noviembre de $57.900.

Sin embargo, en septiembre se cobra la prestación de agosto. Con lo cual, el importe liquidado es de $47.850.

Este subsidio es pagado por el plazo de seis meses. Pasado el mismo, la beneficiara no puede solicitar una prórroga.

Solicitud del Programa Acompañar

La solicitud del Programa Acompañar se puede hacer en la unidad de acompañamiento correspondiente al domicilio. También se puede tramitar en uno de los operativos territoriales a cargo del Ministerio de la Mujer.

Cuando se produce una situación de violencia de género se supone una dependencia económica. Estos pagos ayudan a que se rompa con la misma para emprender una nueva vida.

Al momento de hacer la gestión no es obligatorio presentar la denuncia policial. En caso de tener dudas es posible escribir un correo electrónico a [email protected].

El beneficio es compatible con la Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo; e ingresos bajo el régimen del servicio doméstico y monotributista social. A pesar de ello no lo es con remuneraciones bajo relación de dependencia, monotributo o autónomo; subsidio con fines de empleo y/o capacitación; jubilaciones, pensiones y retiros con contributivo o no contributivo; fondo de desempleo; ni pensión universal para el adulto mayor (PUAM).

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