Empleada doméstica

Servicio Doméstico Aportes Jubilatorios y Cobertura Obra Social – Bajar Formularios

Los trabajadores del Servicio Doméstico son aquellos que realizan actividades de mucamas, niñeras, cocineras, jardineros, caseros, amas de llaves, damas de compañía, mayordomos, institutrices, nurses o gobernantas; siempre y cuando se desempeñen para un mismo dador de trabajo, por un mínimo seis (6) horas por semana. Pero para acceder al día de mañana a tener una jubilación o para poder disponer de una obra social se debe realizar los aportes completos 16 horas o más. Todos los trabajadores del Servicio Doméstico que realicen tareas por más de seis (6) horas a la semana deben contar con los aportes al Régimen Especial de Seguridad Social para los Empleados de Servicio Doméstico. Los Aportes y Contribuciones son: a) Por cada trabajador activo: […]

Los trabajadores del Servicio Doméstico son aquellos que realizan actividades de mucamas, niñeras, cocineras, jardineros, caseros, amas de llaves, damas de compañía, mayordomos, institutrices, nurses o gobernantas; siempre y cuando se desempeñen para un mismo dador de trabajo, por un mínimo seis (6) horas por semana. Pero para acceder al día de mañana a tener una jubilación o para poder disponer de una obra social se debe realizar los aportes completos 16 horas o más.

Todos los trabajadores del Servicio Doméstico que realicen tareas por más de seis (6) horas a la semana deben contar con los aportes al Régimen Especial de Seguridad Social para los Empleados de Servicio Doméstico.

Los Aportes y Contribuciones son:

a) Por cada trabajador activo:

1) Mayor de 18 años:

  • Desde 6 a menos de 12 horas, paga $20.- (aporte a cargo del trabajador $8.- y Contribución a cargo del dador del trabajo $12.-).
  • Desde 12 a menos de 16 horas, paga $39.- (aporte a cargo del trabajador $15- y Contribución a cargo del dador del trabajo $24.-).
  • 16 o más horas, paga $95.- (aporte a cargo del trabajador $60- y Contribución a cargo del dador del trabajo $35.-).

2) Menor de 18 años y Mayor de 16 años:

  • Desde 6 a menos de 12 horas, paga $8.- (aporte a cargo del trabajador $8.-).
  • Desde 12 a menos de 16 horas, paga $15.- (aporte a cargo del trabajador  $ 15.-).
  • 16 o más horas, paga $60.- (aporte a cargo del trabajador $60.-).

b) Por cada trabajador jubilado:

  • Desde 6 a menos de 12 horas, paga $12.- (Contribución a cargo del dador del trabajo $12.-).
  • Desde 12 a menos de 16 horas, paga $24- (Contribución a cargo del dador del trabajo $24.-).
  • 16 o más horas, paga $35.- (Contribución a cargo del dador del trabajo $35.-).

Ahora bien, se debe tener en cuenta lo dicho anteriormente que para poder acceder a l día de mañana a una jubilación, es obligatorio realizar el depósito de los $35.- por mes, como si trabajara 16 horas o más, ya sea para el mismo dador de trabajo o bien para varios o realizando un aporte adicional o voluntario.

Para realizar el aporte adicional o voluntario se debe utilizar el Formulario F 575/B. (Bajar de Aquí).

Para acceder a una obra social es necesario, también, el aporte de $60.- por mes, como si trabajará las 16 horas o más, ya sea por el mismo dador de trabajo o por varios o realizando un aporte adicional o voluntario.

Para realizar el aporte adicional o voluntario se debe utilizar el Formulario F 575/B. (Bajar de Aquí).

Bajar formulario F102_B

45 comentarios en “Servicio Doméstico Aportes Jubilatorios y Cobertura Obra Social – Bajar Formularios”

  1. Hola quería preguntar si mís patrones me pagarán sólo aportes jubilatorios .por q yo no quiero ninguna obra social de empleada doméstica .y mi marido me quiere poner en la suya .pero no puede porq me hacen los aportes a la obra social .como se puede hacer gracias

    1. noelia

      No se puede pagar aportes sin el pago de la obra social Lo que podes hacer es ver si tus aportes pueden ir a la obra social de tu marido y unificarlos

  2. Hola Graciela, tengo una deuda de aportes de 6 meses con la señora que trabaja en casa, entré en la pagina de afip, pero no encontré como ver el monto de esa deuda. ¿desde que sección de la pagina de la afip puedo ver esa deuda? y asi liquidarla para poder pagarla. Hay en este momento alguna moratoria o algo.
    Mil Gracias
    Maria

  3. Hola: quisiera saber cual es el sueldo ley que debo pagar a un empleada doméstica que trabaja de lunes a viernes de 8 hs a 15 hs.
    come en mi casa.gracia

  4. hola Graciela….te cuento que la abogada le hizo firmar frente a una escribana el documento donde en 2 lugares, decia que no puede reclamar mas nada luego de cobrar lo que ella aceptó. Pero quizas para molestar, haga la denuncia…podría prosperar ese posible juicio?…incluso teníamos entendido que los aportes jubilatorios a las empleadas domésticas no son obligatorios y esto salió en el 2010 recién. Yo solo quiero dejar a mi madre tranquila. Gracias.

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