Padre artesano de la AUH pagada por Anses

Monotributo Social compatible con el cobro de AUH

Desarrollo Social recuerda que sigue disponible la inscripción al Monotributo Social compatible con el cobro de AUH de la Anses.

El Ministerio de Desarrollo Social recuerda que está disponible la adhesión al Monotributo Social. Gracias a esta inscripción, los ciudadanos vulnerables pueden facturar la venta de sus productos o la prestación de servicios. El trámite se lleva adelante en la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Dicho régimen es compatible con el cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

Los monotributistas sociales pueden formalizar las operaciones comerciales que llevan adelante. Además, ellos cuentan con aportes para iniciar una jubilación en Anses en el futuro.

Mediante el Monotributo Social, el Estado Nacional promueve la inserción de emprendedores vulnerables. Para acceder al mismo es indispensable que se desempeñe una única actividad económica por cuenta propia.

De igual forma, ellos cuentan con una cobertura médica. La misma podrá ser elegida de la nómica al momento de la registración.

Los monotributistas sociales tienen derecho al cobro de la AUH y/o asignación por embarazo. Debido a ello también perciben la Tarjeta Alimentar del Programa Argentina Contra el Hambre.

Requisitos del monotributo social

  • Ser mayor de 18 años de edad.
  • Tener Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Ser argentino nativo, naturalizado o por opción; o extranjero con residencia permanente o temporaria en el país.
  • Estar en situación de vulnerabilidad social.
  • El interesado no puede tener un empelo formal. Por esta razón se exclusive a los empleados en relación de dependencia, monotributistas y autónomos.
  • Contar con ingresos brutos inferiores a la jubilación mínima de la Anses.
  • Desempeñar una única actividad económica productiva, comercial o de servicios por cuenta propia. También se incluye a proyectos productivos o de servicios de 2 a 20 integrantes y cooperativas de trabajo con 6 asociados o más. En el caso de extranjeros, la actividad económica debe desempeñarse bajo los términos de los Artículos 51 y 52 de la Ley 25.871.
  • Los ingresos solamente deben provenir de la actividad económica desempeñada.
  • Ser propietario de hasta dos bienes inmuebles siempre y cuando uno se desarrolle el emprendimiento productivo.
  • Contra con hasta tres bienes muebles registrables.
  • La persona no puede ser empleador. Tampoco puede estar inscripta en el impuesto a las ganancias o sobre los bienes personales.

Tramitar alta en el régimen

El trámite de alta debe ser llevado adelante en la oficina de la Anses más cercana. Para ello se requiere la solicitud de un turno llamando a la línea 130 o ingresando a la página del organismo previsional.

Así mismo, la plataforma Trámites a Distancia (TDA) da la posibilidad de hacer la gestión por Internet.

La adhesión es personal y no requiere la contratación de un gestor. Demora aproximadamente 10 días el otorgamiento del beneficio.

Pago de cuota y límite de facturación

Mensualmente, los monotributistas sociales deben pagar una cuota. Actualmente, ésta es de $1.530,88 y debe ser abonada del 1° al 20 de cada mes.

El límite de facturación anual es de $999.657,23. Pasado el mismo, el titular deberá adhiriese al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (PS).

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