Titular del Plan Acompañar en oficina de Anses

Aclaración del Plan Acompañar que no consiguen empleo

Aclaración a beneficiarias del Plan Acompañar pagado por la Anses por seis meses que no consiguen empleo formal.

El Gobierno otorga un acompañamiento integral a víctimas de violencia de género. Este beneficio incluye el cobro de una prestación por seis meses. Los pagos los realiza la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Debido a las consultas aclaramos que las titulares del Plan Acompañar que no consiguen empleo no pueden tramitar una renovación.

Las mujeres y LBGTI+ en situaciones de violencia de género mayores de edad pueden solicitar el Plan Acompañar.

Su otorgamiento lo realiza el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad. Para ello, se analiza la situación de la solicitante sin requerir una denuncia policial previa.

Las titulares reciben un acompañamiento psicológico y económico por 6 meses. Sin embargo se tiene que tener en cuenta que vencido el plazo no se puede solicitar una renovación. Es decir, se suspenden los pagos pasado ese tiempo.

El importe cobrado es equivalente al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). De esta forma, se va ajustando cada vez que se incrementa el piso salarial.

Es importante recordar que es necesario informar si la persona consigue un trabajo formal. En estos casos se suspende la liquidación.

Requisitos y tramitación del Plan Acompañar

Los requisitos del Plan Acompañar son ser mujer o LBGTI+; tener de 18 a 65 años de edad; y sufrir violencia de género.

Su tramitación debe hacerse en la unidad de acompañamiento más cercana al domicilio. También puede gestionarse en uno de los operativos territoriales del ministerio.

Compatibilidades e incompatibilidades del programa

El Plan Acompañar es compatible con otras prestaciones sociales. Las mismas son la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación por Embarazo y Monotributo social. También lo es con el empleo bajo el régimen del servicio doméstico.

Los empleadores de casas particulares que contraten beneficiarias del Programa Acompañar acceden a un beneficio extra. En esos casos se extiende a ocho el subsidio del Plan Registradas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

El beneficio es incompatible con el empleo formal; subsidios o prestaciones no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación; jubilaciones, pensiones o retiros de carácter remunerativo o no remunerativo; fondo de desempleo; y pensión universal para el adulto mayor (PUAM).

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