Padre de la AUH en oficina de Anses

Presentación de Libreta de AUH para cobro de $17.536

Presentación de la Libreta de AUH en oficinas de Anses sin turno para cobro de los $17.536 retenidos durante el año pasado.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) recuerda un trámite que deben hacer las familias vulnerables. Hasta el último día hábil del año es posible presentar la Libreta de la Asignación Universal por Hijo (AUH). A los 60 días de hecha la gestión se liquida el 20% retenido durate 2022. Este complemento es de $17.536 para quienes cobraron los 12 meses.

AUH es una prestación mensual social liquidada a los grupos familiares con menores de hasta 18 años. También corresponde el beneficio a quienes tienen hijos con discapacidad, en cuyo caso no hay tope de edad.

Este beneficio corresponde a desocupados, monotributistas sociales y empleados domésticos. Sin embargo, a trabajadores de casas particulares no se les aplica el tope de ingresos dado que sus remuneraciones las determina la escala salarial del sector.

Mensualmente se retiene un 20% de la asignación universal por hijo. Para recibir el dinero descontado se tiene que entregar el Formulario Libreta, el cual puede descargarse desde la página de Mi Anses. El trámite se realiza en cualquier oficina del organismo previsional sin turno previo.

Monto del complemento por Libreta de AUH

El monto del complemento por Libreta de AUH varía conforme a la cantidad de meses cobrados. Éste es de $17.536,60 por hijo de hasta 18 años o $57.119,20 por discapacidad.

Retenido a la asignación universal por hijo

¿Qué se acredita con el formulario?

Mediante la entrega del Formulario Libreta de AUH se acreditan los controles de salud. Es decir, las visitas mínimas al médico y el régimen de vacunación obligatorio.

También se acredita la escolaridad, la cual es obligatoria para chicos de 5 a 17 años. En el caso de menores de hasta 4 años, inclusive, no es obligatorio completar dicha sección.

Recordemos que la entrega del documentos e puede hacer hasta el último día hábil del año. En caso de no cumplir con el trámite se pierde el 20% retenido hasta ese momento. No obstante, el beneficio sigue cobrando el 80% mensual.

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