El Ministerio de Capital Humano informó la homologación del acuerdo alcanzado por la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (Uocra) y las cámaras empresarias del sector. Dicho entendimiento establece una contribución patronal del 2%.
La homologación del acuerdo de la Uocra se concretó mediante la Disposición 1036/2026 de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo.
Contribución patronal para Uocra
El acuerdo fue celebrado entre Uocra, la Cámara Argentina de la Construcción (Camarco) y la Federación Argentina de Entidades de la Construcción (FAEC). Éste comprende a los comprende a los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) 76/75 y 577/10.
Cabe recordar que esta contribución ya había sido contemplada en el acuerdo paritario del 19 de mayo. Sin embargo, la autoridad laboral había homologado solamente el contenido salarial y dejó este punto fuera de aquella aprobación.
En consecuencia, las partes reformularon la cláusula y presentaron un instrumento separado. Finalmente, la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo declaró homologados tanto el acuerdo como su acta complementaria.
Los fondos recaudados por Uocra mediante esta contribución patronal serán utilizados para obras de carácter:
- Social.
- Asistencial.
- Previsional.
- Cultural.
Estas acciones deberán realizarse en interés y beneficio de los trabajadores representados por el gremio.
El 2% no es un aumento salarial para la construcción
Es importante aclarar que la contribución del 2% establecida por Uocra no representa un nuevo aumento en los salarios de los trabajadores de la construcción. En cambio, se trata de una obligación a cargo de los empleadores comprendidos en los convenios alcanzados.
Capital Humano indicó que la base de cálculo está conformada por los rubros salariales remunerativos normales, habituales y mensuales. Este criterio se aplica conforme a la Ley 27.802 y su Decreto Reglamentario 612/2026.
Por lo tanto, la homologación no modifica las escalas salariales de Uocra previamente acordadas. Tampoco implica un descuento adicional del 2% sobre el salario de los trabajadores.
Descargar el acuerdo en formato PDF.

