El Banco de Córdoba (Bancor) confirmó cuándo empezará a otorgar los nuevos créditos para monotributistas. La entidad indicó que estos préstamos estarán disponibles a partir de mañana. Por esta razón será la primera en ofrecer el financiamiento a sujetos inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).
En agosto, el Ministro de Economía, Sergio Massa, anunció una serie de medidas para compensar la devaluación del peso argentino. Las mismas incluyeron préstamos para trabajadores en relación de dependencia y monotributistas.
Los créditos para monotributistas generaron una gran expectativa. Sin embargo aún no se había informado cuándo se habilitaría su solicitud. Bancor confirmó que mañana finalmente habilitará la tramitación de la Línea Inclusión Financiera de Microempresas Productivas por Internet.
Conforme a Massa, los fondos solamente podrán ser usados para la actividad. Esto es porque la idea es ayudar a que crezca la producción de los beneficiarios.
Requisitos de créditos para monotributistas en Bancor
- Estar inscripto en cualquiera de las categorías del Monotributo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
- Solicitar hasta $1.200.000 para las categorías A y B; hasta $2.000.000 para C, D y E; y hasta $4.000.000 para la F y superiores. Aquellos que tienen un historial crediticio positivo con el Fondo de Garantías Argentino (FOGAR) podrán ampliar el tope en un 50%.
- Cancelar la deuda en hasta 24 cuotas.
- Haber sido seleccionado previamente por la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo.
Forma de solicitar el préstamo en el Banco de Córdoba
A partir de mañana, los monotributistas podrán tramitar su préstamo por la página del Banco de Córdoba. Una vez completado el formulario, la entidad notificará la resolución de la solicitud. Quienes califiquen deberán completar la gestión desde la plataforma Bancón.
Bancor aclara que no se cobrará ningún gasto, costo ni comisión adicional a los solicitantes.
Un dato a tener en cuenta es que se tendrá que firmar una declaración jurada comprometiéndose a invertir los fondos en la actividad. No obstante, no se requerirá facturas que respalden las inversiones efectuadas.

