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Se Reglamentó la Asignación Especial por Embarazo – Bajar Formularios

Finalmente fue reglamentada en la Provincia de Córdoba la asignación especial por embarazo, la Secretaría de Inclusión Social y Equidad de Género, a través de la Resolución Nº 2, oficializó el Subsidio “Ayuda para protección de la Maternidad”, instituido por Decreto N° 435/2011. El Gobierno provincial estableció los requisitos para que las trabajadoras privadas de la provincia puedan acceder a un mes más de licencia. El Gobierno de Córdoba oficializó la “Ayuda para protección de la Maternidad”, un beneficio que les otorga a las trabajadoras privadas de dicha provincia, una licencia por maternidad de 30 días adicionales a la licencia ordinaria que otorga la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. Con el fin de no generar gastos adicionales a […]

Finalmente fue reglamentada en la Provincia de Córdoba la asignación especial por embarazo, la Secretaría de Inclusión Social y Equidad de Género, a través de la Resolución Nº 2, oficializó el Subsidio “Ayuda para protección de la Maternidad”, instituido por Decreto N° 435/2011. El Gobierno provincial estableció los requisitos para que las trabajadoras privadas de la provincia puedan acceder a un mes más de licencia.

El Gobierno de Córdoba oficializó la “Ayuda para protección de la Maternidad”, un beneficio que les otorga a las trabajadoras privadas de dicha provincia, una licencia por maternidad de 30 días adicionales a la licencia ordinaria que otorga la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES.

Con el fin de no generar gastos adicionales a los empleadores el encargado del pago de dicho subsidio será el Gobierno.

Es necesario que la trabajadora realice la solicitud de dicho pago, mediante la presentación del formulario y la documentación exigida.

El Formulario de Inscripción deberá descargarse de la página web del Gobierno  o bien retirarlo en cualquier oficina del Ministerio de Desarrollo Social.

Es importante que el mismo se complete con tinta y en letra de imprenta mayúscula en todos sus campos debiendo firmarse en el momento de ser presentado y ante la presencia del agente de la Mesa de Entradas, SUAC, debiendo acreditar su identidad
por medios fehacientes.

Además, la trabajadora deberá acompañar un acuerdo con el empleador bajo las siguientes modalidades:

a) Si tiene acuerdo con su empleador para gozar de un (1) mes; de licencia sin goce de sueldo, acuerdo según modelo de anexo II ó III de la Resolución, con firma certificada, según corresponda.
b) Si solicitó el período de excedencia; notificación en original o copia certificada, según anexo IV.

El monto del subsidio será igual a la remuneración bruta sujeta a deducciones a la que se le agrega el 6% en concepto de contribución patronal destinado al pago de la Obra Social.

El monto del subsidio podrá exceder la suma de $ 6.000.- sin excepción alguna.

Será obligatorio que la trabajadora realice los correspondientes aportes y contribuciones con destino a su Obra Social. En el caso del personal del servicio doméstico se tendrá en cuenta las disposiciones de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP.

Puede descargar el Formulario haciendo clic AQUI.

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