Empleada doméstica trabajando seria

Empleadores deben brindar ropa y alimentos a empleados domésticos

La Upacp recuerda que los empleadores deben brindar ropa y alimentos a empleados domésticos conforme a lo establecido en la ley vigente.

La Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp) recordó obligaciones de los empleadores del sector. El sindicato recalcó que ellos deben brindar ropa y alimentos a sus empleados domésticos. Así lo establece la normativa que regula el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

El Artículo 14 de la Ley 26.844 establece los derechos y deberes de los empleados domésticos. Los mismos se aplican tanto al personal con y sin retiro.

Upacp recordó que entre los mismos obligan a que el empleador haga la entrega de ropa y elementos de trabajo. Es decir, su remuneración no incluye los artículos que requiera para llevar adelante su labor.

Asimismo, el trabajador de casas particulares tiene que recibir alimentos por parte de su empleador. Los mismos son para el desayuno, almuerzo, merienda y cena, lo cual dependerá de la modalidad de contratación y duración de la jornada. Dicha alimentación debe ser sana, suficiente y que asegure una perfecta nutrición.

El sindicato del servicio doméstico recalcó que estas obligaciones se pactan previamente al comienzo de la relación laboral. Las mismas tienen que quedar por escrito con firmas de ambas partes.

Descansos para empleados domésticos

Los empleados domésticos también tienen derecho a descansos conforme a la ley vigente. Debido a ello tienen que acceder a un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13:00 horas.

Además, la jornada de trabajo no puede superar las 8 horas diarias o 48 horas semanales. Las partes pueden establecer una distribución semanal desigual de las horas de trabajo siempre y cuando la jornada ordinaria no supere las 9 horas.

Alta del personal de casas particulares

Los empleadores deben registrar su personal de casas particulares en la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El lata debe darse usando la Clave Fiscal.

La formalidad de la relación laboral permite que el trabajador tenga la cobertura de una obra social y aportes jubilatorios.

39 comentarios en “Empleadores deben brindar ropa y alimentos a empleados domésticos”

  1. Hola trabajo 16 horas estoy en blanco me sacan la auh con lo poco que cobro por mes dos veces a la semana trabajo

  2. Hola
    Como sacar vacaciones osea cuanto fin de semana me corresponde solo trabajo sabado y domingo cuidando a una sra. Hace 4 años trabajo así

  3. buen día trabajo en casa particulares estoy en blanco pero no puedo hacer la obra social cuál será el motivo..y también saber si a nosotras nos corresponde la tarjeta alimentar ya que tenemos un sueldo muy bajo por ley…

    1. Mariela Para tener derecho a la obra social se paga el aporte (trabador de 16 horas o más semanales) Si no cubrís esa cantidad de horas, tenes que pagar la diferencia como Aporte Voluntario

  4. Hola buenas noches, soy cuidadora de un adulto mayor, pero también realizó otras tareas como limpiar lavar cocinar hacer mandados y darle la medicación a la señora del señor que cuido,trabajo doce horas diarias de lunes a viernes, mí empleadora no me quiere pagar lo que realmente dice la ley x hora, y tampoco quiere pagar horas extras, aparte creo que la obra social de sus padres le hacen el reintegro x cada cuidadora , cómo puedo hacer valer mis derechos? Gracias

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