ARCA y dólares

Formas de solicitar la devolución de percepciones en ARCA

Información sobre las diferentes formas para solicitar la devolución de percepciones en ARCA por compras con tarjeta en dólares.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el trámite para solicitar la devolución de percepciones del 30% aplicadas sobre compras en dólares realizadas durante 2025. Sin embargo, no todos los contribuyentes lo hacen de la misma manera.

Los contribuyentes pueden solicitar la devolución de las percepciones que les aplicaron por sus gastos con tarjeta de crédito y débito con monera extranjera. Esto incluye pagos a servicios de streaming, como Netflix, Disney+, YouTube Premium y Spotify, entre otros.

A continuación, EconoBlog detalla las distintas formas de solicitar la devolución de percepciones en ARCA, de acuerdo a la situación fiscal de cada persona.

Empleados con retenciones de Ganancias

Los empleados que sufrieron retenciones del Impuesto a las Ganancias en 2025 pueden solicitar la devolución de las percepciones imputadas al código 217. El trámite se realiza a través del servicio «Siradig – Trabajador», dentro del portal de ARCA con Clave Fiscal.

Allí, el contribuyente debe ingresar al período fiscal 2025 y declarar las percepciones correspondientes en el punto 4 del formulario. El empleador podrá reintegrar hasta el monto efectivamente retenido.

Es importante aclarar que el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia hagan el trámite vencerá el 31 de marzo de 2026.

Contribuyentes sin retenciones o con percepciones a Bienes Personales

Pueden solicitar la devolución a través del servicio «Devolución de Percepciones» de ARCA los siguientes contribuyentes:

  • Trabajadores en relación de dependencia que no tuvieron retenciones de Ganancias por parte de su empleador en 2025.
  • Empleados con percepciones imputadas a 219 (bienes Personales), no inscriptos en este impuesto.
  • Monotributistas.
  • Inscriptos en Ganancias pero no en Bienes Personales, con percepciones bajo el código 219.

Contribuyentes inscriptos en impuestos de ARCA

Aquellos inscriptos en Ganancias y/o Bienes Personales que hayan tenido percepciones imputadas a los códigos correspondientes (217 y 219) deben computar dichas percepciones en las declaraciones juradas de cada impuesto.

No es necesario hacer el trámite de devolución directa en estos casos, ya que se compensan en la liquidación anual.

Excedentes o devolución de saldo a favor

Este caso aplica a quienes:

  • Computaron las percepciones en su Declaración Jurada (DDJJ) anual y desean recuperar el Saldo a Favor (SAF) expuesto.
  • Recibieron parte de la devolución por su empleador pero les quedó un excedente sin reintegrar.

En ambos casos, deben presentar la declaración jurada anual y realizar la solicitud a través del aplicativo SIAP de ARCA.

Métodos mixtos

Algunos contribuyentes deben combinar varios mecanismos para recuperar la totalidad de las percepciones de ARCA. Por ejemplo, un empleado en relación de dependencia puede tener que:

  • Declarar percepciones en Siradig para el reintegro por parte del empleador.
  • Solicitar devolución en «Devolución de Percepciones» por montos imputados a Bienes Personales.
  • Presentar DDJJ de Ganancias para reclamar el saldo que no fue devuelto por el empleador mediante el aplicativo SIAP.

Es decir, la forma de solicitar la devolución en ARCA varía conforme a la condición fiscal del contribuyente y el tipo de percepción recibida.

Seguinos en WhatsApp