Accidente laboral

Reglamentaron nuevo control sobre la licencia por enfermedad

Javier Milei reglamentó un nuevo control sobre la licencia por enfermedad en el marco de la implementación de la reforma laboral.

El Gobierno oficializó cambios en el régimen de control de la licencia por enfermedad. A partir de ahora, los certificados médicos que indiquen reposo laboral deberán cumplir nuevos requisitos y, como regla general, tendrán que emitirse de forma electrónica mediante plataformas sanitarias registradas.

Cambios en la licencia por enfermedad

Los cambios en la licencia por enfermedad fueron establecidos mediante el Decreto 407/2026, que reglamenta distintos artículos de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) modificados por la Reforma Laboral (Ley 27.802). Entre ellos, se encuentra el artículo 210, referido al control de enfermedades y accidentes inculpables.

La nueva reglamentación forma parte de la implementación de la Ley de Modernización Laboral. Ésta establece que toda prescripción médica que otorgue reposo laboral avalando una licencia por enfermedad deberá incluir:

  • Diagnóstico médico.
  • Tratamiento indicado.
  • Cantidad de días de reposo.
  • Emisión electrónica a través de una plataforma registrada en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).
  • Firma de un profesional habilitado ante la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS).

Sin embargo, se prevén excepciones a estos cambios en la licencia por enfermedad. Cuando existan problemas de conectividad, caídas de sistemas o contingencias técnicas debidamente acreditadas, podrá utilizarse un certificado médico en papel con firma ológrafa del profesional.

Discrepancias médicas

Uno de los puntos más relevantes refrentes a los cambios en la licencia por enfermedad está vinculado a los conflictos que pueden surgir cuando el diagnóstico del trabajador no coincide con el control médico realizado por el empleador.

En esos casos, si la discrepancia resulta insalvable, las partes podrán:

  • Solicitar una junta médica en una institución oficial, siempre que la jurisdicción tenga habilitado ese mecanismo.
  • Requerir un dictamen de institutos públicos o privados de reconocida trayectoria y solvencia técnica.

Otros cambios de la reforma laboral reglamentados

El presidente Javier Milei no sólo reglamentó los cambios en la licencia por enfermedad. También hizo las siguientes publicaciones en el Boletín Oficial:

  • Decreto 408/2026: Reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para respaldar el pago de determinadas indemnizaciones laborales.
  • Decreto 409/2026: Puso en marcha el Régimen de Promoción del Empleo Registrado, que contempla beneficios para empleadores que regularicen relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas.

De este modo, el Poder Ejecutivo avanzó en la reglamentación de distintos aspectos contemplados por la Ley de Modernización Laboral.

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