AFIP con empleada del servicio doméstico

¿Como hago los aportes al Servicio Doméstico? Formulario

Los dadores de trabajos del Servicio Doméstico luego de abonar los sueldos correspondientes a sus trabajadores debe,  obligatoriamente del 1 al 10 de cada mes depositar los aportes y contribuciones a la seguridad social. Esto se debe realizar con el Formulario Nº 102 (volante de pago – nuevo modelo),  que provee la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP,  sueldos al personal del servicio domestico deben abonarse del 1 al 10 de cada mes en los centros autorizados por el organismo y un su parte inferior cuenta además con el recibo de cobro, el cual debe estar firmado por ambas partes. Si por cualquier motivo los aportes y contribuciones se realizan fuera de término es necesario contar con el Formulario Nº […]

Los dadores de trabajos del Servicio Doméstico luego de abonar los sueldos correspondientes a sus trabajadores debe,  obligatoriamente del 1 al 10 de cada mes depositar los aportes y contribuciones a la seguridad social. Esto se debe realizar con el Formulario Nº 102 (volante de pago – nuevo modelo),  que provee la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP,  sueldos al personal del servicio domestico deben abonarse del 1 al 10 de cada mes en los centros autorizados por el organismo y un su parte inferior cuenta además con el recibo de cobro, el cual debe estar firmado por ambas partes.

Si por cualquier motivo los aportes y contribuciones se realizan fuera de término es necesario contar con el Formulario Nº 575 para el pago de los intereses resarcitorios correspondientes. Los centros de pagos habilitados por la AFIP son entre otros la mayoría de los bancos, Pago Fácil, Rapi Pago, Bapro, Pagos mis Cuentas, Debito Automático, etc.

La AFIP mediante la resolución 1978 (BO: 16/12/2005) establece requisitos para el respaldo documental de aportes y contribuciones obligatorios, los cuales deberán consignarse en el Formulario Nº 102 (volante de pago – nuevo modelo), se determinará de acuerdo a las horas trabajadas por semanas.
Aclaramos que en el mes de Junio y Diciembre fecha que se abona al Aguinaldo, se calcula como un mes común, o sea que el aguinaldo si bien se paga al trabajador no se tienen en cuenta para el pago de los aportes y contribuciones.
Los trabajadores que trabajan de 6 horas a 16 horas o más semanales, pero que no configuran la relación de dependencia ejemplo tres días a la semana 9 horas por día, es decir, 27 horas semanales, se les debe realizar los aportes.
Para efectuar el pago de sueldos y pagos de aportes y contribuciones es necesario que tanto el empleado como el empleador cuenten con su CUIL y CUIT ó CUIL respectivamente.

Con la CUIL, y el formulario antes mencionado se realiza el pago  en los lugares de pagos habilitados.  Así, el empleado queda inserto en el régimen de seguridad social y de salud del Servicio Doméstico. Para que el trabajador  pueda efectivizar el uso de la obra social debe inscribirse personalmente en cualquiera de las obras sociales habilitadas por la Superintendencia de Servicios de la Salud se podrá ver la nomina en la pagina Web del organismo sssalud.gov.ar

Las tablas indican cuales son los aportes (importe que corresponde le pago al trabajador) y la contribución (la empleador) Montos a pagar por horas trabajadas durante la semana y tipo de trabajador, Activo o  jubilado:

a) Por cada trabajador activo:

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE IMPORTE A PAGAR IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA
APORTES CONTRIBUCIONES
Desde 6 a menos de 12 $ 20.- $ 8.- $ 12.-
Desde 12 a menos de 16 $39.- $ 15.- $ 24.-
16 o más $81.75 $ 46.75 $ 35.-

b) Por cada trabajador jubilado:

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE IMPORTE A PAGAR IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA
APORTES CONTRIBUCIONES
Desde 6 a menos de 12 $ 12.- $ 12.-
Desde 12 a menos de 16 $ 24.- $ 24.-
16 o más $ 35.- $ 35.-

Por cada adherente deberá ingresar además $39.

Bajar Formulario Nº 102 Aportes al Servicio Doméstico

28 comentarios en “¿Como hago los aportes al Servicio Doméstico? Formulario”

  1. quisiera saber si me pueden orientar para pagar los aportes al servicio doméstico por débito automático o por medio de tarjeta de crédito. ????

  2. Buenas tardes Graciela, trabajo en una casa desde octubre de 20003, hasta 2010, 10 hs. semanales, a partir de 2011, 18 hs. semanales (3 días x 6 hs), sin que me registre o haga aportes.
    A partir del mes de junio de 2013, la Sra. me dice que no me puede tener tantas horas porque ella no quiere pagarme aportes, pero no me quiere tener en forma ilegal, entonces me redujo el horario a 1 día por semana de 4 hs.
    Por supuesto, estimo que quiere que me vaya porque no puedo vivir con 4 hs. semanales de trabajo.
    Si renuncio, no me va a pagar lo pasado.
    Quisiera saber cuanto me debería pagar de indemnización por el tiempo trabajado y que debería hacer para que esto se cumpla. Muchas gracias.

    1. susana

      Trata de llegar a u acuerdo con ella. La indemnización seria 1 sueldo por cada año, mas vacaciones y aguinaldo proporcional. Decile que no queres ir a un abogado por eso queres llegar a un acuerdo

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