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Moratoria fiscal: Se podría extender el vencimiento

Ricardo Echegaray,titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, reitera que el plazo de adhesión a la moratoria del blanqueo fiscal vence el 31 de agosto, expertos adelantan que la misma Ley establece que el régimen permite al poder ejecutivo a extender la fecha por seis meses más. El Gobierno podría extender el blanqueo hasta fines de febrero, cosa que para muchos estudios tributarios, la prórroga sería muy bienvenida ya que muchos factores lo justifican. Ley Nº 26.476 contempla la amplia moratoria fiscal, a través de un plan de regularización del blanqueo de trabajadores en negro y un régimen de exteriorización de capitales. Mario Volman, socio del Estudio Kaplan – Volman y Asociados aseguró que “la propia Ley 26.476 […]

Ricardo Echegaray,titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, reitera que el plazo de adhesión a la moratoria del blanqueo fiscal vence el 31 de agosto, expertos adelantan que la misma Ley establece que el régimen permite al poder ejecutivo a extender la fecha por seis meses más. El Gobierno podría extender el blanqueo hasta fines de febrero, cosa que para muchos estudios tributarios, la prórroga sería muy bienvenida ya que muchos factores lo justifican.

Ley Nº 26.476 contempla la amplia moratoria fiscal, a través de un plan de regularización del blanqueo de trabajadores en negro y un régimen de exteriorización de capitales.

Mario Volman, socio del Estudio Kaplan – Volman y Asociados aseguró que “la propia Ley 26.476 habilita en su artículo 47 al Poder Ejecutivo Nacional a prorrogar los plazos por decreto para el acogimiento a la moratoria, la regularización de las relaciones laborales y el régimen de exteriorización de capitales”.

El artículo mencionado establece que los plazos límites de adhesión “podrán ser prorrogados por un período igual por el Poder Ejecutivo Nacional.” O sea que se correría la fecha de vencimiento desde el 31 de agosto hasta fines de febrero de 2010.-

Algunos motivos que justifican la prórroga de la moratoria:

  • Las próximas elecciones legislativas nacionales que han paralizado ciertas tomas de decisiones económicas.
  • La AFIP debió sacar varias Resoluciones Generales con el fin de aclarar y ampliar el Régimen.
  • Después de sancionada la Ley existían las infracciones cambiarias.
  • Infinidad de consultas y respuestas, algunas publicadas en la misma página Web del organismo, no todas aclaradas en las normas vigentes por la AFIP.

Por lo que Volman opina que :“En definitiva, sería positivo postergar el vencimiento general de los acogimientos por al menos tres meses con limitación al devengamiento de los intereses de consolidación al 50% del capital adeudado”.

Juan Carlos Cerutti, socio y especialista en derecho del trabajo del estudio Andino & Dorato, manifestó  que “la prórroga del blanqueo sería de gran utilidad ya que recién durante mayo pasado se han solucionado los escollos que tenía la ley al prever sólo algunos tipos de inversión para quienes quieran exteriorizar dinero no declarado”.

Agregando el profesional: “Asimismo, en tiempo electoral, el inversor no se siente cómodo en decidir rápidamente en qué invertir” y concluyendo en que “Esperamos que el Ejecutivo apruebe una prórroga y que pasados los tiempos políticos, la ley pueda ser utilizada tanto por las empresas, los trabajadores como los inversores”.

Teresa Gómez, miembro del estudio Harteneck-Quian, Teresa Gómez & Asociados, aseguró en forma más optimista “que en el ámbito profesional ya se da por descontado el otorgamiento de la prórroga del régimen del blanqueo. Sino no estaría contemplada la posibilidad dentro del mismo marco normativo”.

Marcelo Domínguez, miembro del Estudio Lisicki, Litvin & Asociados, explicó que “sería importante que se disponga la prórroga de los plazos, toda vez que desde la AFIP informan que próximamente saldrá una nueva versión del programa aplicativo denominado Régimen de regularización impositiva DDJJ informativa – Versión 1.0″.

Ejemplificando que “Entre las situaciones a contemplar en el nuevo aplicativo está la del contribuyente que tenía dinero en efectivo al fines de 2007 y que entre enero de 2008 y marzo de 2009, lo utilizó para la compra de un bien no fungible”.

El especialista agregó que: “En estos casos, la alícuota de blanqueo es del 6% porque se trata de bienes, pero el aplicativo debe prever la imputación del dinero en efectivo a un período no prescripto y, además, debe prever la fecha de incorporación del bien al patrimonio”.

Y concluyendo que: “Actualmente el aplicativo prevé sólo la fecha de incorporación al patrimonio del bien que se exterioriza y no el período al cual se imputa el dinero exteriorizado, lo cual, según informa la AFIP, se solucionará con la nueva versión del programa aplicativo próxima a salir”.

1 comentario en “Moratoria fiscal: Se podría extender el vencimiento”

  1. Hola.. me gustaria saber donde puedo profundizar sobre toda la normativa sobre trabajo rural, sindicato, registros.. etc. o algun libro comentado que me recomienden

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