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UOCRA CCT 76/75: Básicos y Sumas no Remunerativas año 2013 Trabajadores de la Construcción

La Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, junto con las cámaras empresarias del sector firmo el Acuerdo salarial para este año el día 21 de mayo de 2013 y fue homologado por el Ministerio  de Trabajo bajo la Resolución S.T. Nº 643/13 de fecha  30 de mayo pasado, siendo aplicado a las distintas categorías previstas en el Convenio Colectivo de Trabajo, CCT Nº 76/75, publicando los anexos que integran los básicos y sumas no remunerativas a pagar . El incremento salarial para los trabajadores de la construcción, UOCRA, fue del 24% que se pagará un 18% sobre los básicos vigentes al 31 de marzo de 2013 a partir del mes de junio del corriente y un […]

La Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, junto con las cámaras empresarias del sector firmo el Acuerdo salarial para este año el día 21 de mayo de 2013 y fue homologado por el Ministerio  de Trabajo bajo la Resolución S.T. Nº 643/13 de fecha  30 de mayo pasado, siendo aplicado a las distintas categorías previstas en el Convenio Colectivo de Trabajo, CCT Nº 76/75, publicando los anexos que integran los básicos y sumas no remunerativas a pagar .

El incremento salarial para los trabajadores de la construcción, UOCRA, fue del 24% que se pagará un 18% sobre los básicos vigentes al 31 de marzo de 2013 a partir del mes de junio del corriente y un 6% sobre los básicos vigentes en agosto, que regirá a partir del 1º de septiembre de 2013.

La planilla de los nuevos básicos con las distintas categorías previstas en el CCT Nº76/75, quedan conformados de la siguiente manera:

Convenio Colectivo de Trabajo, CCT. Nº 76/75
Básicos Vigentes a partir del 1º de Junio de 2013
Zona «A» Zona «B» Zona «C»
Categoría Básico Básico Adic.Z/Desfav. Total Básico Adic.Z/Desfav. Total
Oficial Oficializado $30,47 $30,47 $ 3,35 $33,82 $30,47 $16,31 $46,78
Oficial $25,95 $25,95 $ 2,87 $28,82 $25,95 $17,71 $43,66
Medio Oficial $23,92 $23,92 $ 2,60 $26,51 $23,92 $18,11 $42,03
Ayudante $21,96 $21,96 $ 2,53 $24,49 $21,96 $18,74 $40,70
Sereno $3994.- $3994.- $ 454.- $4449.- $3994.- $2683.- $6678.-
Zona «A» Zona «C-Austral»
Categoría Básico Básico Adic.Z/Desfav. Total
Oficial Oficializado $30,47 $30,47 $30,47 $60,94
Oficial $25,95 $25,95 $25,95 $51,90
Medio Oficial $23,92 $23,92 $23,92 $47,84
Ayudante $21,96 $21,96 $21,96 $43,92
Sereno $3994.- $3994.- $3994.- $7989.-

 

Convenio Colectivo de Trabajo, CCT. Nº 76/75
Básicos Vigentes a partir del 1º de Septiembre de 2013
Zona «A» Zona «B» Zona «C»
Categoría Básico Básico Adic.Z/Desfav. Total Básico Adic.Z/Desfav. Total
Oficial Oficializado $32,30 $32,30 $ 3,55 $35,85 $32,30 $17,29 $49,58
Oficial $27,51 $27,51 $ 3,04 $30,54 $27,51 $18,77 $46,28
Medio Oficial $25,35 $25,35 $ 2,75 $28,11 $25,35 $19,20 $44,55
Ayudante $23,28 $23,28 $ 2,68 $25,95 $23,28 $19,86 $433,14
Sereno $4.234.- $4234.- $ 482.- $4.716.- $4234.- $2844.- $7.078.-
Zona «C-Austral»
Categoría Básico Adic.Z/Desfav. Total
Oficial Oficializado $32,30 $32,30 $64,59
Oficial $27,51 $27,51 $55,01
Medio Oficial $25,35 $25,35 $50,71
Ayudante $23,28 $23,28 $46,55
Sereno $4234.- $4.234.- $8468.-

 

Se estableció el pago de dos gratificaciones pagadas como Sumas no Remunerativas mensuales, a pagar la primera junto con la segunda quincena del mes de julio de 2013 y la segunda en la segunda quincena del mes de agosto de 2013.

Convenio Colectivo de Trabajo, CCT. Nº 76/75
Gratificaciones no Remunerativas
Categoría Zona «A» Zona «B» Zona «C» Zona «C-Austral»
Oficial Oficializado $  800.- $  890.- $  1.230.- $  1.600.-
Oficial $  700.- $  780.- $  1.180.- $  1.400.-
Medio Oficial $  650.- $  720.- $  1.140.- $  1.300.-
Ayudante $  600.- $  670.- $ 1.110.- $ 1.200.-
Sereno $  550.- $  620.- $  920.- $ 1.100.-

 

Dichos montos se deben abonar bajo el concepto de gratificación no remunerativa mensual y no estarán sujetas a aportes y contribuciones de la seguridad social, salvo los correspondientes a la Obra Social y Cuota Sindical.

Se abonarán dela siguiente forma:

  • A todo trabajador activo que se desempeñare durante todo el mes correspondiente al pago se le abonará la suma completa.
  • A los que hubieren ingresado o egresado durante el transcurso del mes correspondiente al pago se le abonará en forma proporcional al tiempo trabajado.

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